Cursa con alcance los decretos 438, de 2011, y 194, de 2012, ambos del Ministerio de Obras Públicas, que modifican por razones de interés público las características de…
- Fecha
- 19 de noviembre de 2012
- Materia
- Obras públicas y concesiones
- Criterio
- Aplica Jurisprudencia
- Fuentes legales
- dto 131/2009 Moopp
- Descriptores
- MOOPP, interés público, obras
- Cita
- Dictamen N° 71.877 de 2012
Sumario
Cursa con alcance los decretos 438, de 2011, y 194, de 2012, ambos del Ministerio de Obras Públicas, que modifican por razones de interés público las características de las obras y servicios que indican del contrato de concesión de la obra pública fiscal denominada “Embalse Convento Viejo II Etapa, VI Región”
Relaciones
Pronunciamientos posteriores sobre este
- Aplica Dictamen N° 44.949 de 2017
- Aplica Dictamen N° 79.924 de 2015
- Aplica Dictamen N° 80.725 de 2014
- Aplica Dictamen N° 56.684 de 2013
Tal como las publica la fuente.
Texto íntegro
N° 71.877 Fecha : 19-XI-2012 La Contraloría General ha dado curso a los decretos N°s 438, de 2011, y 194, de 2012, ambos del Ministerio de Obras Públicas, que modifican por razones de interés público las características de las obras y servicios que indican del contrato de concesión de la obra pública fiscal denominada “Embalse Convento Viejo II Etapa, VI Región” y aprueba –el decreto N° 438– el convenio ad-referéndum N° 3. Sin perjuicio de lo anterior, cumple con consignar que ello se realiza teniendo presente como razón de interés público, exclusivamente, la situación de emergencia agrícola a que se alude en los considerandos de los decretos de que se trata. De igual modo, corresponde expresar que, atendido el específico fundamento normativo de estos decretos, su toma de razón no importa pronunciamiento alguno respecto de los acuerdos a que se hace mención en los mismos y en sus antecedentes. Finalmente, es dable precisar que la resolución exenta N° 19, de 2009, de la Dirección General de Obras Públicas, se formalizó mediante el decreto supremo N° 131, del mismo año, del Ministerio de Obras Públicas, y no como se indica en los considerandos cuarto y vigésimo cuarto del decreto N° 438, de 2011. Con los alcances que preceden, se ha tomado razón de los actos administrativos señalados.
nombre reservado
Contralor General de la República