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Derecho público chileno

DictamenN° 70.928 de 20154 sep 2015

Exoneración de responsabilidad civil por daños a vehículo fiscal de Carabineros

Fecha
4 de septiembre de 2015
Materia
Organización administrativa del Estado y competencia de la CGR
Criterio
Aplica Jurisprudencia
Fuentes legales
ley 10336 art/62
Descriptores
Contraloría General de la República, facultades CGR, exoneraciones de responsabilidad civil
Cita
Dictamen N° 70.928 de 2015

Resumen

Se exonera de responsabilidad civil al conductor del furgón fiscal, pues el accidente se debió a la culpa del conductor del camión que lo chocó y no a negligencia del funcionario, sin perjuicio de su eventual responsabilidad infraccional.

Sumario de la Contraloría

Sobre exoneración de responsabilidad civil

Texto íntegro

N° 70.928 Fecha : 04-IX-2015 Carabineros de Chile ha remitido los antecedentes de las primeras diligencias realizadas con motivo de los daños ocasionados en el furgón fiscal Z-4795, conducido por su funcionario, señor nombre reservado, a objeto que, conforme con lo dispuesto en el artículo 62 de la ley N° 10.336, sea exonerado de responsabilidad civil.

Sobre el particular, cabe señalar que del examen de la documentación adjunta, aparece que el día 3 de mayo de 2013, mientras ese empleado permanecía detenido con el referido móvil en la Avenida Pedro Aguirre Cerda, próximo a la intersección con la Avenida Suiza, en la comuna de Cerrillos, fue chocado por un camión particular cuyo conductor, debido a que circulaba a una velocidad no razonable ni prudente respecto de las condiciones de la vía (mojada por lluvia), se percató tardíamente de la presencia y proximidad del furgón policial, lo que la Subprefectura de Investigación de Accidentes en el Tránsito, en su oficio N° 88, de esa anualidad, estableció como causa del accidente, practicándose la denuncia ante el Juzgado de Policía Local de la mencionada comuna.

Los daños ocasionados al patrimonio fiscal, según el certificado N° 60, de 2014, de la Sección de Reparaciones y Mantenimiento de Vehículos, ascendieron a la suma de $2.175.570, siendo dicha especie reparada y dada de alta para el servicio.

Ahora bien, el artículo 62 de la indicada ley N° 10.336, permite que el Contralor General exonere a un funcionario de la responsabilidad civil derivada de la pérdida, merma, hurto o deterioro de un bien que administre o custodie, en la medida que el detrimento o extravío no se deba a su culpa o negligencia, tal como se ha señalado en los dictámenes N°s 17.354, de 1985 y 28.164, de 1993, de este origen, entre otros.

De esta manera, atendido que en los antecedentes tenidos a la vista, consta que se dan los presupuestos anotados previamente, se ha estimado procedente exonerar de responsabilidad civil al señor nombre reservado, por los daños ocasionados en el furgón fiscal Z-4795; ello es, por cierto, sin perjuicio de la eventual responsabilidad infraccional que pudiere asistirle al interesado en el hecho descrito.

Saluda atentamente a Ud.

nombre reservado

Contralor General de la República Subrogante