Se abstiene de emitir pronunciamiento por haberse dictado sentencia judicial en el asunto
- Fecha
- 4 de septiembre de 2015
- Criterio
- Aplica Jurisprudencia
- Fuentes legales
- ley 10336 art/6 inc/3
- Descriptores
- facultades CGR, abstenciones
- Cita
- Dictamen N° 70.815 de 2015
Relaciones
Este documento se refiere a
- Aplica Dictamen N° 34.282 de 2015
- Aplica Dictamen N° 75.298 de 2014
Tal como las publica la fuente.
Texto íntegro
N° 70.815 Fecha: 04-IX-2015 Se ha dirigido a esta Contraloría General el señor nombre reservado, exfuncionario de la Fuerza Aérea, solicitando el pago de la asignación de zona que se le adeudaría entre los meses de marzo de 2010 y marzo de 2011.
En su informe, esa institución castrense manifestó que el interesado, por el mismo motivo, interpuso una demanda ante el Tercer Juzgado de Letras de Punta Arenas, el cual en su sentencia de fecha 26 de enero de 2013, rechazó tal acción, lo que fue confirmado por la Excma. Corte Suprema.
Al respecto, es necesario hacer presente, conforme con lo dispuesto en el artículo 6°, inciso tercero, de la ley N° 10.336, que esta Contraloría General debe abstenerse de emitir un pronunciamiento sobre lo consultado -conclusión que es armónica con lo indicado en los dictámenes N°s 75.298, de 2014 y 34.282, de 2015, de este origen, entre otros-, debiendo, en la especie, estarse a lo resuelto en el correspondiente proceso jurisdiccional.
Transcríbase a la Fuerza Aérea y a la Contraloría Regional de Magallanes y de la Antártica Chilena.
Saluda atentamente a Ud.
nombre reservado
Contralor General de la República Subrogante