Cursa con alcance el decreto 421/2010, del Ministerio de Defensa Nacional, Subsecretaría para las Fuerzas Armadas, que pone término a la concesión marítima por…
- Fecha
- 3 de febrero de 2011
- Materia
- Obras públicas y concesiones
- Fuentes legales
- Ley 19880 art/30 lt/a
- Descriptores
- concesión marítima, requisitos, domicilio
- Cita
- Dictamen N° 6.989 de 2011
Sumario
Cursa con alcance el decreto 421/2010, del Ministerio de Defensa Nacional, Subsecretaría para las Fuerzas Armadas, que pone término a la concesión marítima por fallecimiento de su titular y otorga a los integrantes de la sucesión concesión marítima que indica
Relaciones
Pronunciamientos posteriores sobre este
- Aplica Dictamen N° 80.806 de 2012
Tal como las publica la fuente.
Texto íntegro
N° 6.989 Fecha:3-II-2011 Esta Entidad de Control ha da do curso al decreto N° 421, de 2010, del Ministerio de Defensa Nacional, Subsecretaría para las Fuerzas Armadas , que pone término a la concesión marítima por fallecimiento de su titular y otorga a los integrantes de la sucesión de do n nombre reservado la concesión marítima que indica, por cuanto se ajusta a derecho.
No obstante, cumple con hacer presente que el domicilio indicado en la solicitud presentada por doña nombre reservado -quien actuó en nombre propio y en representación de los demás integrantes de la mencionada sucesión-, es domicilio reservado, lo cual reviste importancia para los efectos de las notificaciones que deban practicarse, no siendo procedente que el N° 2 del decreto en examen señale otros domicilios, conforme con lo establecido en el artículo 30, letra a), de la ley N° 19.880.
Con el alcance que antecede se ha tomado razón del acto administrativo.
nombre reservado
Contralor General de la República