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Derecho público chileno

DictamenN° 68.484 de 201231 oct 2012

Destinación de funcionario a la dependencia que indica, fue regularizada mediante la emisión del acto administrativo correspondiente

Fecha
31 de octubre de 2012
Materia
Responsabilidad administrativa, sumarios y potestad disciplinaria
Criterio
Aplica Jurisprudencia
Descriptores
serviu, destinación de funcionario, formalización, sumario administrativo, demora excesiva
Cita
Dictamen N° 68.484 de 2012

Relaciones

Este documento se refiere a

Tal como las publica la fuente.

Texto íntegro

N° 68.484 Fecha: 31-X-2012 Se ha dirigido a esta Contraloría General don nombre reservado, funcionario del Servicio de Vivienda y Urbanización Metropolitano, para solicitar, en primer término, que se formalice su destinación al Departamento de Estudios de ese organismo.

Requerido su informe, el Director del citado servicio manifestó, en síntesis, que el interesado fue destinado formalmente a la referida unidad mediante resolución exenta N° 4.839, de 13 de agosto de 2012, añadiendo que una vez finalizada su remodelación, será ubicado en una de las oficinas del aludido Departamento. Así entonces, de acuerdo con lo expresado por esa repartición, es dable concluir que se han adoptado todas las medidas tendientes a solucionar la situación reclamada por el recurrente. Por otra parte, cabe hacer presente al interesado que, según lo informado por la autoridad, la investigación sumaria dispuesta por resolución exenta N° 4.433, de 2010, del mencionado servicio, cuyo objetivo era esclarecer la denuncia efectuada por el señor nombre reservado, relativa a irregularidades y acoso laboral de que habría sido objeto, se encuentra en etapa resolutiva, pues el fiscal ya emitió su dictamen, el que está siendo analizado por esa superioridad. Sin perjuicio de lo anterior, es menester recordar que la jurisprudencia de este origen, contenida, entre otros, en el dictamen N° 49.440, de 2012, concluye que la tardanza en la tramitación de un procedimiento disciplinario puede llegar a comprometer la responsabilidad administrativa del fiscal designado, quien debe velar por el estricto cumplimiento de las normas que regulan la substanciación de dichos procesos. Así, en la eventualidad que se produzca una demora excesiva en su desarrollo, le corresponde a la superioridad respectiva adoptar las providencias tendientes a agilizarlo y, si la tardanza lo amerita, disponer una investigación con el objeto de determinar las responsabilidades administrativas por la dilación.

nombre reservado

Contralor General de la República