Ir al contenido
BuscadorConstitucional

Derecho público chileno

DictamenN° 68.472 de 201527 ago 2015

Exoneración de responsabilidad civil por extravío de bien fiscal en procedimiento policial

Fecha
27 de agosto de 2015
Materia
Organización administrativa del Estado y competencia de la CGR
Criterio
Aplica Jurisprudencia
Fuentes legales
ley 10336 art/62
Descriptores
facultades CGR, exoneraciones de responsabilidad civil
Cita
Dictamen N° 68.472 de 2015

Resumen

Se exonera de responsabilidad civil al funcionario por el extravío de un bastón retráctil, al no deber el detrimento a su culpa o negligencia, conforme al artículo 62 de la ley N° 10.336.

Sumario de la Contraloría

Sobre exoneración de responsabilidad civil

Texto íntegro

N° 68.472 Fecha:27-VIII-2015 Carabineros de Chile ha remitido los antecedentes de las primeras diligencias realizadas con motivo del extravío de un bastón retráctil que se encontraba bajo el cuidado de su funcionario, señor nombre reservado, a objeto que, conforme con lo dispuesto en el artículo 62 de la ley N° 10.336, sea exonerado de responsabilidad civil.

Al respecto, cabe señalar que del estudio de la documentación adjunta, aparece que el día 4 de julio de 2013, ese servidor, acompañado de otros empleados, concurrió hasta la intersección de la Avenida Santa Isabel con calle Seminario, en la comuna de Providencia, con la finalidad de detener a un individuo acusado de agresión; una vez en el lugar, y en el instante en que se procedía a la aprehensión de aquél, un grupo de personas que se encontraba en el interior de un establecimiento educacional, comenzó a lanzar piedras, botellas y otros objetos contundentes en contra de los funcionarios policiales, percatándose el señor nombre reservado, al momento de retirarse, que no portaba el mencionado bastón.

Los perjuicios causados al patrimonio fiscal, según el documento electrónico N° 27502033, de 2014, del Departamento Armamento y Municiones, ascendieron a la suma de US$ 30 dólares de los Estados Unidos de América (equivalente a $15.096, a la data de su pérdida), determinando la misma unidad, a través de su orden N° 142, de 2015, dar de baja esa especie.

Ahora bien, el artículo 62 de la indicada ley N° 10.336, permite que el Contralor General exonere a un funcionario de la responsabilidad civil derivada de la pérdida, merma, hurto o deterioro de un bien que administre o custodie, en la medida que el detrimento o extravío no se deba a su culpa o negligencia, tal como se ha señalado en los dictámenes N os 17.354, de 1985 y 28.164, de 1993, de este origen, entre otros.

De esta manera, atendido que en los antecedentes tenidos a la vista, aparece que se dan los presupuestos señalados previamente, se ha estimado procedente exonerar de responsabilidad civil al señor nombre reservado, por el extravío del referido bastón retráctil.

Saluda atentamente a Ud.

nombre reservado

Contralor General de la República Subrogante