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Derecho público chileno

DictamenN° 68.416 de 201231 oct 2012

Sobre exoneración de responsabilidad civil

Fecha
31 de octubre de 2012
Materia
Responsabilidad administrativa, sumarios y potestad disciplinaria
Criterio
Aplica Jurisprudencia
Fuentes legales
ley 10336 art/62
Descriptores
Responsabilidad civil, exoneración
Cita
Dictamen N° 68.416 de 2012

Texto íntegro

N° 68.416 Fecha: 31-X-2012 Carabineros de Chile ha remitido los antecedentes de la investigación administrativa instruida con motivo de los daños ocasionados al vehículo fiscal AP-992, conducido por su funcionario, señor nombre reservado, como asimismo por el extravío de la linterna que usaba el señor nombre reservado, a objeto que, conforme con lo dispuesto en el artículo 62 de la ley N° 10.336, sean exonerados de responsabilidad civil.

Al respecto, cabe señalar que del estudio de la documentación acompañada, aparece que el día 17 de julio de 2010, ese servidor concurrió en el referido móvil al Pasaje Los Lirios, en la comuna de Parral, a verificar una denuncia por desórdenes en la vía pública, una vez en el lugar, un grupo de 15 individuos aproximadamente, comenzó a lanzar piedras en contra del personal policial, resultando el citado vehículo con daños en sus vidrios y carrocería, y al intentar el señor nombre reservado detener a uno de los agresores, el resto de los participantes en tales hechos, le quitó la mencionada linterna.

Los deterioros ocasionados al patrimonio fiscal, según el certificado N° 54, de 2012, de la Sección de Reparaciones y Mantenimiento de Vehículos, ascendieron, en el caso del móvil AP-992, a la cantidad de $58.310, siendo dicha especie reparada y dada de alta para el servicio.

Enseguida, acorde con el oficio N° 796, de 2011, del Departamento Armamento y Municiones, se debe expresar que el valor de la linterna es de US$ 174 dólares de los Estados Unidos de Norteamérica (equivalente a $93.086, a la data de extravío), determinando la Dirección Nacional de Logística, a través de su orden N° 6, de 2012, dar de baja ese bien.

Ahora bien, el artículo 62 de la indicada ley N° 10.336, permite que el Contralor General exonere a un funcionario de responsabilidad civil derivada de la pérdida, merma, hurto o deterioro de un bien que administre o custodie, en la medida que el detrimento o extravío no se deba a su culpa o negligencia, tal como se ha señalado en los dictámenes N os 17.354, de 1985 y 28.164, de 1993, de este origen, entre otros.

De esta manera, atendido que en el proceso administrativo de que se trata, se dan los presupuestos señalados previamente, se ha estimado procedente exonerar de responsabilidad civil al señor nombre reservado, por los daños ocasionados en el vehículo fiscal AP-992 y al señor nombre reservado, por el extravío de la linterna que llevaba.

nombre reservado

Contralor General de la República