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Derecho público chileno

DictamenN° 68.217 de 201231 oct 2012

Sobre exoneración de responsabilidad civil

Fecha
31 de octubre de 2012
Materia
Personal de FFAA, de Orden y Seguridad y Gendarmería
Criterio
Aplica Jurisprudencia
Fuentes legales
ley 10336 art/62
Descriptores
responsabilidad civil, exoneración, Carab
Cita
Dictamen N° 68.217 de 2012

Texto íntegro

N° 68.217 Fecha : 31-X-2012 Carabineros de Chile ha remitido los antecedentes de las primeras diligencias instruidas con motivo de los daños ocasionados al móvil fiscal RP-2195, conducido por su funcionario, señor nombre reservado, a objeto que, conforme con lo dispuesto en el artículo 62 de la ley N° 10.336, sea exonerado de responsabilidad civil.

Al respecto, cabe señalar que del examen de los antecedentes adjuntos, aparece que el día 28 de marzo de 2011, ese servidor se desplazaba en el referido móvil por calle nombre reservado, en persecución de un furgón particular, cuyos ocupantes habían cometido un robo, y próximo al acceso a la Ruta 5 Sur, en la comuna de Paine, el referido furgón, con la finalidad de evitar su detención, colisionó al vehículo policial, dándose, posteriormente, a la fuga, debiendo añadirse que, respecto de este acontecimiento, se efectuó la denuncia ante la Fiscalía Local de San Bernardo.

Los daños ocasionados al patrimonio fiscal, según el certificado N° 120, de 2012, de la Sección de Reparaciones y Mantenimiento de Vehículos, ascendieron a la suma de $1.021.500, siendo dicha especie reparada y dada de alta para el servicio.

Ahora bien, el artículo 62 de la indicada ley N° 10.336, permite que el Contralor General exonere a un funcionario de responsabilidad civil derivada de la pérdida, merma, hurto o deterioro de un bien que administre o custodie, en la medida que el detrimento o extravío no se deba a su culpa o negligencia, tal como se ha señalado en los dictámenes N os 17.354, de 1985 y 28.164, de 1993, de este origen, entre otros.

De esta manera, atendido que de los antecedentes tenidos a la vista, aparece que se dan los presupuestos señalados previamente, se ha estimado procedente exonerar de responsabilidad civil al señor nombre reservado, por los daños ocasionados en el móvil fiscal RP-2195; ello es, por cierto, sin perjuicio de la eventual responsabilidad penal o infraccional que pudiere asistirle al interesado en el hecho ya descrito.

nombre reservado

Contralor General de la República