Exoneración de responsabilidad civil por extravío de esposas de seguridad de Carabineros
- Fecha
- 15 de noviembre de 2010
- Criterio
- Aplica Jurisprudencia
- Fuentes legales
- ley 10336 art/62
- Descriptores
- exoneración responsabilidad civil, carab
- Cita
- Dictamen N° 67.950 de 2010
Resumen
Se exonera de responsabilidad civil al funcionario por el extravío de las esposas de seguridad, al acreditarse que la pérdida ocurrió durante una persecución y no por su culpa o negligencia.
Sumario de la Contraloría
Exonera de responsabilidad civil a funcionario de Carabineros, por el extravío de esposas de seguridad
Texto íntegro
N° 67.950 Fecha: 15-XI-2010 Carabineros de Chile ha remitido los antecedentes de la investigación instruida con motivo del extravío de las esposas de seguridad, marca Smith & Wesson, modelo 90, serie N° 184.205, de cargo de la 6ª Comisaría Chillán Viejo, que portaba el funcionario de esa institución policial, señor nombre reservado, a objeto que esta Contraloría General se pronuncie, conforme con las atribuciones que le confiere el artículo 62 de la ley N° 10.336, sobre la exoneración de la responsabilidad civil de aquél.
Al respecto, cabe señalar que del estudio de la documentación acompañada, aparece que el día 27 de febrero de 2010, al aludido funcionario, mientras efectuaba la persecución de tres individuos sospechosos por el interior del fundo Los Abedules, en la comuna de Coihueco, que se prolongó por más de 4.000 mts., se le cayó desde la funda porta esposas el mencionado elemento de seguridad, efectuando, con posterioridad, su búsqueda, sin que la misma fuese encontrada.
Tal situación produjo un perjuicio al patrimonio fiscal que, de acuerdo con el documento electrónico N° 40, de 2010, del Departamento de Armamento y Municiones, que rola a fojas 47 del expediente adjunto, asciende a la suma de US$30 dólares de los Estados Unidos de Norteamérica (equivalente a $15.364.), determinando la Dirección Nacional de Logística, mediante su orden N° 153, de 2010, dar de baja la referida especie.
Ahora bien, el artículo 62 de la indicada ley N° 10.336, permite que el Contralor General exonere de responsabilidad civil derivada de la pérdida, merma, hurto o deterioro de los bienes que administre o custodie un funcionario, al término del sumario que para estos efectos se incoare, en la medida que, conforme con lo señalado en los dictámenes N os 17.354 de 1985 y 28.164 de 1993, se acredite que el extravío o detrimento de dichos bienes no se debe a culpa o negligencia del servidor de que se trate.
De esta manera, atendido que de los antecedentes tenidos a la vista, aparece que se dan los presupuestos señalados previamente, el infrascrito, haciendo uso de las atribuciones que le confiere el citado artículo 62, estima procedente exonerar de responsabilidad civil al Sargento 2° de Carabineros, nombre reservado, por el extravío de las mencionadas esposas de seguridad.
nombre reservado
Contralor General de la República