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Derecho público chileno

DictamenN° 66.801 de 201124 oct 2011

Sobre informe relativo a resolución 166, de 2011, del Servicio de Salud Coquimbo, que aprueba bases administrativas para la licitación de la obra "Normalización del…

Fecha
24 de octubre de 2011
Materia
Obras públicas y concesiones
Descriptores
SDS, aprobación de bases, licitación, obra pública
Cita
Dictamen N° 66.801 de 2011

Sumario

Sobre informe relativo a resolución 166, de 2011, del Servicio de Salud Coquimbo, que aprueba bases administrativas para la licitación de la obra "Normalización del Hospital de Salamanca"

Texto íntegro

N° 66.801 Fecha : 24-X-2011 Mediante su oficio N° 4.058, del año en curso, la Contraloría Regional de Coquimbo, ha remitido para su estudio la resolución 166, de 2011, del Servicio de Salud Coquimbo, que aprueba bases administrativas para la licitación de la obra "Normalización del Hospital de Salamanca".

Sobre el particular, esta División de Infraestructura y Regulación cumple con manifestar que dicha resolución N° 166, versa sobre la misma materia que la resolución N° 43, de 2011, la que previo informe de esta División, fue representada por el oficio N° 2.361, del mismo año, de esa Contraloría Regional. Asimismo, con ocasión de los documentos remitidos, cabe formular las siguientes observaciones: 1.- Se deberán actualizar las fechas del calendario de la licitación contenido en el artículo 9.1 de las bases administrativas. 2.- No se ha subsanado la observación indicada en el N° 16 del aludido oficio N° 2.361, en orden a que el Formulario N° 4, para referirse al monto de obras en ejecución, alude al Formulario N° 5, no obstante lo cual, éste corresponde al desglose de gastos generales. 3.- Asimismo, cabe reiterar la observación señalada en el N° 4, del título II del oficio N° 2.361, citado, en orden a que en la partida 3.29.15 "Central de Esterilización" del Itemizado, se indica que se debe cotizar en el ítem 3.21 "Artefactos Sanitarios". Sin embargo, dado el desglose de este último, no es posible efectuar su valoración. 4.- Se omitió sancionar N°s 1 y 2 que en esta oportunidad se acompañan. 5.- Finalmente, cabe señalar que las paginas del original y copias del documento estudiado no se encuentran debidamente foliadas, lo que se advirtió en la observación final del referido oficio N° 2.361. En consecuencia, se remiten a esa Sede Regional, adjuntos al presente oficio, el acto administrativo de la suma y sus antecedentes, a fin de que esa Unidad en mérito de lo señalado, ejerza el control previo de legalidad del mismo.

nombre reservado

Jefe División de Infraestructura y Regulación