Exoneración de responsabilidad civil por pérdida de bien fiscal en Carabineros de Chile
- Fecha
- 18 de agosto de 2015
- Criterio
- Aplica Jurisprudencia
- Fuentes legales
- ley 10336 art/62
- Descriptores
- Contraloría General de la República, facultades CGR, exoneraciones de responsabilidad civil
- Cita
- Dictamen N° 65.898 de 2015
Resumen
La Contraloría exime de responsabilidad civil al funcionario por el extravío de las esposas de seguridad, al no constatarse culpa o negligencia, pues el elemento se perdió durante un procedimiento policial.
Sumario de la Contraloría
Sobre exoneración de responsabilidad civil
Texto íntegro
N° 65.898 Fecha: 18-VIII-2015 Carabineros de Chile ha remitido los antecedentes de la investigación administrativa realizada con motivo del extravío de las esposas de seguridad marca Peerless, que estaban bajo la custodia de su funcionario, señor nombre reservado, a objeto que, conforme con lo dispuesto en el artículo 62 de la ley N° 10.336, sea exonerado de responsabilidad civil.
Al respecto, cabe anotar que en la documentación examinada, aparece que el día 28 de agosto de 2012, ese servidor, acompañado por otro empleado, efectuaba un patrullaje preventivo por calle Malloquito, y al llegar a la intersección con el Pasaje Nogales, en la comuna de Malloco, se percataron que los dos ocupantes de un furgón particular que permanecía estacionado en el sector, huían del lugar; uno de los cuales efectuó un disparo en contra del personal policial, iniciando el señor nombre reservado la persecución del otro individuo, dándole alcance, y en el instante en que procedía a su detención, utilizando para ello las mencionadas esposas, fue agredido por otras personas, lo que aquél aprovechó para darse a la fuga portando tal elemento de seguridad.
Los daños causados al patrimonio fiscal, según el documento electrónico N° 7958065, de 2012, del Departamento Armamento y Municiones, ascendieron a la suma de US$ 30 dólares de los Estados Unidos de América (equivalente a $14.434, a la data de su pérdida), determinando la Dirección de Abastecimiento e Infraestructura, a través de su orden N° 94, de 2015, dar de baja dicha especie.
Ahora bien, el artículo 62 de la indicada ley N° 10.336, permite que el Contralor General exonere a un funcionario de la responsabilidad civil derivada de la pérdida, merma, hurto o deterioro de un bien que administre o custodie, en la medida que el detrimento o extravío no se deba a su culpa o negligencia, tal como se ha señalado en los dictámenes N°s 17.354, de 1985 y 28.164, de 1993, de este origen, entre otros.
De esta manera, atendido que en los antecedentes tenidos a la vista, aparece que se dan los presupuestos anotados previamente, se ha estimado procedente exonerar de responsabilidad civil al señor nombre reservado, por el extravío de las referidas esposas de seguridad.
Saluda atentamente a Ud.
nombre reservado
Contralor General de la República Subrogante