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Derecho público chileno

DictamenN° 65.893 de 201518 ago 2015

Bono de la ley N° 20.305 para docente municipal: requisito de cese dentro de plazo

Fecha
18 de agosto de 2015
Materia
Previsión y seguridad social de funcionarios
Criterio
Aplica Jurisprudencia
Fuentes legales
ley 20305 art/1 inc/1, ley 20305 art/2 num/5, ley 20305 art/3
Descriptores
Seguridad social, bonos
Cita
Dictamen N° 65.893 de 2015

Resumen

No tiene derecho al bono, pues cesó en sus funciones fuera de los 12 meses siguientes a cumplir los 60 años que exige la normativa para acceder al beneficio.

Sumario de la Contraloría

Docente que cesó fuera del plazo que requiere la ley N° 20.305, no tiene derecho al beneficio que esa normativa establece

Relaciones

Pronunciamientos posteriores sobre este

Tal como las publica la fuente.

Texto íntegro

N° 65.893 Fecha: 18-VIII-2015 Se ha dirigido a esta Contraloría General la señora nombre reservado, exdocente de la Municipalidad de Recoleta, para consultar si tiene derecho a la bonificación que otorga la ley N° 20.305, haciendo presente que cesó fuera del plazo requerido por encontrarse a la espera de obtener una indemnización por retiro.

Requerido su informe, la mencionada entidad edilicia aún no lo ha evacuado, por lo que fue contactada a través de correo electrónico, vía por la cual remitió los antecedentes relacionados con la consulta.

Sobre el particular, es útil recordar que el artículo 1° de la ley N° 20.305, en su inciso primero, otorga un bono de naturaleza laboral para el personal que a la fecha de entrada en vigencia de ese texto legal desempeñe un cargo de planta o a contrata y al contratado conforme al Código del Trabajo, en los órganos y servicios públicos regidos por las normas que se señalan, entre los cuales se encuentran las municipalidades.

A su turno, se debe puntualizar que de acuerdo con lo preceptuado en el N° 5 del artículo 2°, así como en el artículo 3°, ambos del citado cuerpo normativo, para optar al bono en análisis es preciso haberlo solicitado y cesar dentro de los 12 meses siguientes de cumplir los 60 años de edad, en el caso de las mujeres.

Pues bien, de la información tenida a la vista, aparece que la peticionaria cumplió los sesenta años de edad el 22 de enero de 2010, por lo que a partir de esa fecha tenía un año para cesar, sin embargo, se desvinculó por la supresión de horas que servía, de acuerdo con la ley N° 19.070, sólo a contar del 31 del mismo mes de 2015.

En mérito de lo antes expuesto, la señora nombre reservado, no tiene derecho a acceder al bono de la ley N° 20.305, por haber terminado sus labores fuera del plazo legal previsto para ello.

Transcríbase a la Municipalidad de Recoleta.

Saluda atentamente a Ud.

nombre reservado

Contralor General de la República Subrogante