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Derecho público chileno

DictamenN° 65.789 de 201223 oct 2012

Revisión de tasa de reemplazo, para efectos del pago del bono post laboral, corresponde a la Superintendencia de Pensiones

Fecha
23 de octubre de 2012
Materia
Procedimiento administrativo y actos administrativos
Fuentes legales
ley 20305 art/3, ley 20403 art/35 num/1 lt/a, ley 19880 art/14
Descriptores
cálculo tasa de reemplazo, bono post laboral, competencia
Cita
Dictamen N° 65.789 de 2012

Texto íntegro

N° 65.789 Fecha: 23-X-2012 Se ha dirigido a esta Contraloría General don nombre reservado, extrabajador del Ministerio de Obras Públicas, para impugnar el cálculo que hizo la Superintendencia de Pensiones, de su tasa de reemplazo líquida, a fin de acceder al bono de la ley N° 20.305, que requiere tener un porcentaje igual o inferior a 55%.

Al respecto, es menester tener presente que el inciso primero del artículo 3° de la ley N° 20.305, modificado por el artículo 35, número 1, letra a), de la ley N° 20.403, señala, en lo pertinente, que el jefe superior del servicio o jefatura máxima que corresponda deberá requerir a la Superintendencia de Pensiones, la estimación acerca de la tasa de reemplazo líquida del trabajador.

A su turno, el inciso tercero de la disposición citada, establece que para esos efectos, la aludida institución deberá solicitar los antecedentes necesarios a las administradoras de fondos de pensiones.

Como puede apreciarse, de las normas descritas se infiere que la entidad encargada de recabar la información y de realizar el cálculo de la mencionada tasa de reemplazo es la Superintendencia de Pensiones, motivo por el cual, y atendido lo dispuesto en el inciso segundo del artículo 14 de la ley N° 19.880, este Órgano Contralor cumple con remitir a ese servicio los antecedentes de la especie a fin de que se sirva dar respuesta directa al recurrente sobre la materia.

nombre reservado

Contralor General de la República