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Derecho público chileno

DictamenN° 65.626 de 200924 nov 2009

Transferencia de concesión de acuicultura: poderes revocados y error en la ubicación de la concesión

Fecha
24 de noviembre de 2009
Materia
Recursos naturales, aguas, energía y medio ambiente
Fuentes legales
Dto 290/93 Econo art/28, Dto 290/93 Econo art/10 Dto 290/93 Pesca
Descriptores
concesion acuicultura, transferencia
Cita
Dictamen N° 65.626 de 2009

Resumen

Contraloría se abstiene de dar curso a la resolución por no ajustarse a derecho, pues los poderes de quienes firmaron la solicitud fueron revocados antes de su presentación y la concesión no está en la comuna que el acto indica.

Sumario de la Contraloría

Representa resolución 1970/2009 del Ministerio de Defensa Nacional, Subsecretaría de Marina, que autoriza la transferencia de concesión de acuicultura que singulariza

Texto íntegro

N° 65.626 Fecha: 24-XI-2009 Esta Contraloría General ha debido abstenerse de dar curso a la resolución N° 1.970, de 2009, del Ministerio de Defensa Nacional, Subsecretaría de Marina, que autoriza la transferencia de concesión de acuicultura que singulariza, por cuanto no se ajusta a derecho. En efecto, se debe tener presente que, de acuerdo con los antecedentes acompañados al acto en estudio, los poderes de quienes firmaron la solicitud de transferencia, fechada el 7 de noviembre de 2007, en representación de Chile Seafood S.A., titular de la concesión en comento, y de Cultivos Yadrán S.A., a quien se transfiere, fueron revocados, en cada caso, con anterioridad a su presentación ante la Subsecretaría de Marina, ocurrida el 15 de julio de 2008, lo cual contraviene lo exigido por el artículo 28, en relación al artículo 10, del decreto N° 290, de 1993, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, Subsecretaría de Pesca, reglamento de concesiones y autorizaciones de acuicultura. Por otra parte, según los antecedentes que se adjuntan, la referida concesión se encuentra ubicada en la comuna y provincia de Aysén, XI Región de Aysén del General Carlos Ibáñez del Campo, y no como se expresa en el N° 1, del documento en examen.

nombre reservado

Contralor General de la República