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Derecho público chileno

DictamenN° 6.550 de 201523 ene 2015

Se abstiene de emitir pronunciamiento por encontrarse el asunto en conocimiento de los tribunales de justicia

Fecha
23 de enero de 2015
Materia
Organización administrativa del Estado y competencia de la CGR
Fuentes legales
ley 10336 art/6 inc/3, ley 18695 art/16 inc/1
Descriptores
contraloría general de la república
Cita
Dictamen N° 6.550 de 2015

Texto íntegro

N° 6.550 Fecha: 23-I-2015 Se han dirigido a esta Contraloría General las Municipalidades de Codegua, Maule y el señor nombre reservado, director de administración y finanzas de la Municipalidad de Talagante, solicitando, por los fundamentos que exponen, la reconsideración del dictamen N° 87.350, de 2014, que concluyó que desde la fecha de emisión del dictamen N° 81.956 -de 23 de octubre de esa anualidad-, deben entenderse modificados los grados de los empleos a cargo de las unidades municipales a que alude el inciso primero del artículo 16 de la ley N° 18.695 -esto es, secretaría municipal, secretaría comunal de planificación, unidad de desarrollo comunitario, unidad de control y unidad de administración y finanzas-, que ya existían en las pertinentes plantas de personal, a la entrada en vigencia de la ley N° 20.742, que Perfecciona el Rol Fiscalizador del Concejo; Fortalece la Transparencia y Probidad en las Municipalidades; Crea Cargos y Modifica Normas sobre Personal y Finanzas Municipales. Asimismo, la Municipalidad de Victoria y el señor nombre reservado, secretario municipal de la Municipalidad de General Lagos, han requerido un pronunciamiento que determine la data a partir de la cual deben pagarse las remuneraciones correspondientes a la modificación del nivel remuneratorio a que se refiere el mencionado dictamen N° 87.350, de 2014, y si procede el entero retroactivo de tales estipendios. Al respecto, cumple con señalar que este Organismo Fiscalizador debe abstenerse de emitir el pronunciamiento requerido, por cuanto en virtud de lo dispuesto en el inciso tercero del artículo 6° de la ley N° 10.336, de Organización y Atribuciones de esta Contraloría General, no le corresponde informar ni intervenir en asuntos sometidos al conocimiento de los tribunales de justicia, lo que ocurre en la especie, puesto que en relación con la materia, se interpuso un recurso de protección ante la Corte de Apelaciones de Valparaíso, Rol N° 3.453-2014, en actual tramitación, en el que se solicitó dejar sin efecto el anotado dictamen N° 87.350, de 2014. Transcríbase a las Municipalidades de Maule y Victoria; a los señores nombre reservado y nombre reservado; y a las Contralorías Regionales de Arica y Parinacota, Libertador General Bernardo O’Higgins, Maule, y La Araucanía. Saluda atentamente a Ud.

nombre reservado

Contralor General de la República Subrogante