Se abstiene de emitir pronunciamiento sobre consulta acerca de la compra de combustible por trato directo
- Fecha
- 6 de enero de 2011
- Criterio
- Aplica Jurisprudencia
- Fuentes legales
- ley 19886 art/8, dto 250/2004 hacie art/10
- Descriptores
- compra combustible trato directo
- Cita
- Dictamen N° 651 de 2011
Relaciones
Pronunciamientos posteriores sobre este
- Aplica Dictamen N° 60.858 de 2013
- Aplica Dictamen N° 80.243 de 2012
- Aplica Dictamen N° 44.816 de 2012
- Aplica Dictamen N° 53.323 de 2011
- Aplica Dictamen N° 51.268 de 2011
Tal como las publica la fuente.
Texto íntegro
N° 651 Fecha: 06-I-2011 Se ha dirigido a esta Entidad de Control el Director Ejecutivo (I) de la Comisión Chilena de Energía Nuclear, solicitando que se emita un pronunciamiento sobre la procedencia de que dicha entidad efectúe la compra del combustible que indica, para el funcionamiento de la Planta de Irradiación Multipropósito de ese servicio, mediante trato directo, por las razones que en su presentación expone. Al respecto, cumple con señalar que el procedimiento administrativo de contratación en comento, constituye una excepción al sistema de propuesta pública o privada, por lo que es necesario que su justificación conste en un acto administrativo fundado, acorde a las situaciones previstas, en el caso de las adquisiciones de bienes muebles, en el artículo 8° de la ley N° 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, así como en el artículo 10 del decreto N° 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que aprueba el reglamento de la citada ley. En tal orden de ideas, debe ser el propio servicio recurrente quien califique y adopte la decisión fundada de proceder bajo la figura del trato directo en una determinada contratación, a través de la debida ponderación de las situaciones de hecho y las disposiciones jurídicas pertinentes, motivo por el cual esta Contraloría General no puede pronunciarse en forma previa al respecto, sin perjuicio de sus facultades fiscalizadoras y del eventual control preventivo de juridicidad del acto administrativo que apruebe el respectivo contrato, en el caso de estar afecto a toma de razón.
nombre reservado
Contralor General de la República