Pago de obras y modificación de costos unitarios en contratos del Instituto de Desarrollo Agropecuario
- Fecha
- 9 de octubre de 2013
- Descriptores
- INDAP, pago, mora, ejecución de obras
- Cita
- Dictamen N° 65.080 de 2013
Resumen
El pago reclamado ya se efectuó, por lo que la situación se tuvo por superada y no hubo pronunciamiento; se remitieron antecedentes a Auditoría por modificaciones de costos unitarios y partidas no fundamentadas ni precisadas en el informe del Instituto.
Sumario de la Contraloría
Sobre el pago de obras en el marco de la ejecución de los contratos que indica
Texto íntegro
N° 65.080 Fecha : 09-X-2013 Se ha dirigido a esta Contraloría General don nombre reservado, en representación, según expone, de Aypra Servicios SpA., reclamando que el Instituto de Desarrollo Agropecuario se encontraría en mora en el pago de las obras ejecutadas en el marco de los contratos “Obras de Remodelación del 1º Piso del Edificio Institucional de INDAP” y “Obras Adicionales de Remodelación del 1º Piso del Edificio Institucional INDAP”, convenciones sancionadas por las resoluciones exentas N os 8.389 y 25.143, ambas de 2013, respectivamente, de la referida repartición pública.
Requerido de informe, el mencionado Instituto expresa que los pagos solicitados por el recurrente ya fueron efectuados, lo que, además, se ha podido constatar en los antecedentes tenidos a la vista.
En ese contexto, esta Entidad Fiscalizadora entiende que la situación que motivó la presentación del interesado se encuentra superada, por lo que no resulta del caso emitir un pronunciamiento sobre el particular.
Sin perjuicio de ello, de los documentos analizados se advierte que a través de la cláusula primera del segundo de los contratos individualizados fueron modificados costos unitarios de partidas cuya ejecución se encontraba contemplada en la primera de las convenciones señaladas -la que fue contratada a suma alzada-, sin que ese Instituto haya expuesto, en el informe indicado, los fundamentos de esa medida.
Asimismo, no se aprecian antecedentes que permitan determinar en qué consistieron los trabajos de “Desarme, reparación e instalación de tabiquería en 1º y 2º nivel del 1º piso”, indicados en la referida estipulación contractual y cómo éstos se relacionan con la ejecución de la partida “Tabiquería” contemplada en la convención sancionada por la resolución exenta Nº 8.389, citada.
En atención a ello, se ha estimado menester remitir los antecedentes a la Subdivisión de Auditoría de la División de Infraestructura y Regulación de esta Entidad de Control, a fin de que adopte las medidas destinadas a esclarecer tales hechos y las demás que resulten pertinentes.
nombre reservado
Contralor General de la República