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Derecho público chileno

DictamenN° 65.065 de 201425 ago 2014

Se abstiene de emitir pronunciamiento por falta de precisión en la petición y por no acompañar informe jurídico ni antecedentes

Fecha
25 de agosto de 2014
Materia
Probidad, transparencia e inhabilidades
Descriptores
INJUV, abstención, adjudicación, informe jurídico
Cita
Dictamen N° 65.065 de 2014

Texto íntegro

N° 65.065 Fecha: 25-VIII-2014 Esta Entidad de Control debe abstenerse, en esta oportunidad, de informar respecto de la petición efectuada por el Director Nacional del Instituto Nacional de la Juventud, en orden a que se emita un pronunciamiento sobre la legalidad de la resolución exenta N° 888, de 2014, de ese servicio, que adjudicó su licitación pública ID N° 879-14-LP14, convocada para la contratación de “Servicios de Difusión, Desarrollo y Estrategia Comunicacional de Fondo Concursable Desafío Clave 2014”, ya que la presentación de que se trata no precisa cuáles son los aspectos del referido acto administrativo que se encontrarían en entredicho desde el punto de vista de su juridicidad, ni tampoco en qué consistirían los cuestionamientos respectivos. A su vez, es pertinente señalar que las consultas que se formulan a esta Institución Fiscalizadora deben remitirse acompañadas del correspondiente informe jurídico y de todos los antecedentes necesarios para resolver adecuadamente el asunto de que se trata, condiciones que no se satisfacen en la especie.

Saluda atentamente a Ud., nombre reservado

Contralor General de la República