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Derecho público chileno

DictamenN° 64.969 de 201514 ago 2015

Exoneración de responsabilidad civil por daños en motocicleta fiscal de Carabineros

Fecha
14 de agosto de 2015
Materia
Organización administrativa del Estado y competencia de la CGR
Criterio
Aplica Jurisprudencia
Fuentes legales
ley 10336 art/62
Descriptores
Contraloría General de la República, facultades CGR, exoneraciones de responsabilidad civil
Cita
Dictamen N° 64.969 de 2015

Resumen

Se exonera de responsabilidad civil al funcionario, al establecerse que los daños no se debieron a su culpa o negligencia, por haber sido colisionado por un vehículo particular que obstruyó su circulación.

Sumario de la Contraloría

Sobre exoneración de responsabilidad civil

Texto íntegro

N° 64.969 Fecha : 14-VIII-2015 Carabineros de Chile ha remitido los antecedentes de las primeras diligencias instruidas con ocasión de los daños producidos en la motocicleta fiscal M-4580, conducida por su funcionario, señor nombre reservado, a objeto que, conforme con lo dispuesto en el artículo 62 de la ley N° 10.336, sea exonerado de responsabilidad civil.

En este sentido, cabe anotar que del examen de la documentación acompañada, aparece que el día 1 de abril de 2010, ese servidor se desplazaba en el citado vehículo por la Avenida Isidora Goyenechea, y al llegar a la intersección con calle San Sebastián, en la comuna de Las Condes, fue colisionado por un automóvil particular que transitaba por la misma avenida, cuyo chofer efectuó una maniobra de viraje a la izquierda, obstruyéndole la normal circulación a la motocicleta policial, lo que el Departamento de Investigaciones de Accidentes en el Tránsito, en su oficio N° 56, de esa anualidad, estableció como motivo del accidente, practicándose la denuncia ante el Segundo Juzgado de Policía Local de la mencionada comuna.

Los perjuicios producidos al patrimonio fiscal, según el informe técnico N° 367, de 2010, de la Sección de Reparaciones y Mantenimiento de Vehículos, ascenderían a la suma de $15.078.996, determinando la Dirección Nacional de Logística, a través de su orden N° 190, de ese mismo año, dar de baja dicha especie.

Ahora bien, el artículo 62 de la indicada ley N° 10.336, permite que el Contralor General exonere a un funcionario de la responsabilidad civil derivada de la pérdida, merma, hurto o deterioro de un bien que administre o custodie, en la medida que el detrimento o extravío no se deba a su culpa o negligencia, tal como se ha señalado en los dictámenes N°s 17.354, de 1985 y 28.164, de 1993, de este origen, entre otros.

De esta manera, atendido que de los antecedentes tenidos a la vista, aparece que se dan los presupuestos anotados previamente, se ha estimado procedente exonerar de responsabilidad civil al señor nombre reservado, por los daños causados en la motocicleta fiscal M-4580; ello es, por cierto, sin perjuicio de la eventual responsabilidad infraccional que al interesado pudiere asistirle en el hecho descrito.

Saluda atentamente a Ud.

nombre reservado

Contralor General de la República Subrogante