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Derecho público chileno

DictamenN° 64.279 de 201112 oct 2011

Junta de Apelaciones de Cabos, Carabineros y Personal Civil de grados equivalentes no puede considerar antecedentes de sus funcionarios posteriores al período a evaluar

Fecha
12 de octubre de 2011
Materia
Personal de FFAA, de Orden y Seguridad y Gendarmería
Fuentes legales
Dto 1593/59 INTER art/37
Descriptores
Procedimiento calificatorio carabineros, antecedentes posteriores evaluación
Cita
Dictamen N° 64.279 de 2011

Texto íntegro

N° 64.279 Fecha: 12-X-2011 Se ha dirigido a esta Contraloría General el señor nombre reservado, abogado, en representación de don nombre reservado, ex funcionario de Carabineros de Chile, para solicitar un pronunciamiento sobre la legalidad del procedimiento de calificación de su mandante, correspondiente al año 2010, en virtud del cual aquél fue ubicado por segunda vez consecutiva en Lista N° 3, de Observación, lo que implicó su alejamiento del servicio.

Requerido su informe, la mencionada institución policial ha manifestado, en síntesis, que en esa evaluación se incurrió en un vicio que afecta su legalidad, ya que el acuerdo de la Junta de Apelaciones de Cabos, Carabineros y Personal Civil de grados equivalentes de la Prefectura Aconcagua, que ubicó al interesado en la referida nómina, se adoptó con infracción a lo dispuesto en el artículo 37 del decreto N° 5.193, de 1959, del antiguo Ministerio del Interior, Reglamento de Selección y Ascensos, toda vez que la facultad contenida en dicho precepto, que permite considerar hechos posteriores al período a calificar -como ocurrió en la especie-, no puede ser ejercida por el mencionado cuerpo colegiado, por lo que se dispuso la invalidación de dicho proceso y de la resolución N° 311, de 2010, de la aludida Prefectura, encontrándose el señor nombre reservado prestando servicios en forma habitual.

De esta manera, de los antecedentes tenidos a la vista, aparece que la situación reclamada se encuentra solucionada, resultando, por ende, innecesario pronunciarse sobre el derecho que le asistiría al interesado para percibir el subsidio de cesantía.

nombre reservado

Contralor General de la República