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Derecho público chileno

DictamenN° 6.388 de 201625 ene 2016

Sobre exoneración de responsabilidad en Carabineros de Chile

Fecha
25 de enero de 2016
Materia
Organización administrativa del Estado y competencia de la CGR
Criterio
Aplica Jurisprudencia
Fuentes legales
ley 10336 art/62
Descriptores
Facultades CGR, exoneraciones de responsabilidad civil
Cita
Dictamen N° 6.388 de 2016

Relaciones

Este documento se refiere a

Tal como las publica la fuente.

Texto íntegro

N° 6.388 Fecha: 25-I-2016 Carabineros de Chile ha remitido los antecedentes del sumario administrativo instruido con motivo de los daños ocasionados en el furgón fiscal Z-4728, que se encontraba bajo la custodia de sus funcionarios, señores nombre reservado y nombre reservado, para solicitar un pronunciamiento que, esta Entidad de Control entiende se refiere a exonerados de responsabilidad civil, conforme con lo dispuesto en el artículo 62 de la ley N° 10.336.

Sobre el particular, cabe recordar que atendiendo una similar petición de esa institución policial, este Organismo Fiscalizador, a través del dictamen N° 77.777, de 2013, no exoneró de responsabilidad civil a los aludidos servidores por los perjuicios causados en el referido furgón, debido a que el día 27 de noviembre de 2011, el señor nombre reservado concurrió en ese vehículo hasta el acceso al Parque O'Higgins, en la comuna de Santiago, lugar en el cual lo estacionó, entregándole las llaves a la señora nombre reservado, quién las recibió y las dejó en el citado móvil, sin adoptar ninguna medida de seguridad tendiente a proteger tal furgón. Una vez finalizada la actividad musical que se realizaba en dicho recinto, un grupo de individuos comenzó a efectuar desórdenes, resultando el mencionado vehículo con daños en sus vidrios y carrocería, sin que en el procedimiento administrativo instruido al efecto consten elementos probatorios que hubiesen llevado a la plena convicción de que los mencionados empleados adoptaran los resguardos necesarios para la protección de aquel móvil policial.

Ahora bien, dado que Carabineros de Chile no aporta antecedentes diversos a los ya analizados, que permitan modificar el citado dictamen N° 77.777, de 2013, de este origen, se ratifica ese pronunciamiento.

Saluda atentamente a Ud.

Por orden del Contralor General Patricia Arriagada Villouta Subcontralor General