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Derecho público chileno

DictamenN° 6.310 de 201721 feb 2017

Rechaza por extemporáneos, reclamo sobre ubicación en los escalafones vigentes para los años 2015 y 2016, de la Municipalidad de Constitución

Fecha
21 de febrero de 2017
Materia
Personal de FFAA, de Orden y Seguridad y Gendarmería
Criterio
Aplica Jurisprudencia
Fuentes legales
ley 18883 art/50 inc/3, ley 18883 art/156 inc/1
Descriptores
reclamo ubicación de escalafón
Cita
Dictamen N° 6.310 de 2017

Relaciones

Este documento se refiere a

Tal como las publica la fuente.

Texto íntegro

N° 6.310 Fecha: 21-II-2017 La Contraloría Regional del Maule ha remitido una presentación de la señora nombre reservado, funcionaria de la Municipalidad de Constitución, en la que reclama en contra de esa entidad edilicia por la antigüedad en el cargo y grado que se consideró a su respecto al confeccionar los escalafones de mérito vigentes para los años 2015 y 2016, por la razón que indica.

Requerida al efecto, la citada entidad edilicia informó, en lo que importa, que los reclamos de la señora nombre reservado en contra de los escalafones vigentes para los años 2015 y 2016, respectivamente, serían extemporáneos, pues ambos instrumentos fueron publicados el 20 de junio de 2016, interponiendo ante la Sede Regional del Maule la presentación tendiente a impugnar los aludidos escalafones una vez vencido el término previsto para ello en el artículo 156 de la ley N° 18.883.

Sobre el particular, cumple con señalar que de acuerdo al inciso tercero del artículo 50 de la ley N° 18.883, los servidores tendrán derecho a reclamar de su ubicación en el escalafón con arreglo al inciso primero del artículo 156 del referido texto legal, vale decir, dentro del plazo de diez días hábiles, contado desde la fecha en que tal instrumento esté a disposición de los empleados a fin de ser consultado, de modo que, una vez transcurrido dicho término sin que se haya hecho uso de esa prerrogativa, aquel adquiere el carácter de inamovible, tal como lo ha manifestado la jurisprudencia de esta Contraloría General contenida, entre otros, en el dictamen N° 92.197, de 2016.

Ahora bien, de la documentación tenida a la vista, particularmente del informe de la Municipalidad de Constitución y del correo electrónico enviando a esta Contraloría General por la encargada de la oficina de personal de esa entidad edilicia, aparece que los escalafones vigentes para los años 2015 y 2016, fueron puestos en conocimiento de los funcionarios a contar del 20 de junio de 2016.

En consecuencia, los reclamos formulados por la señora nombre reservado ante esta Contraloría General el día 1 de septiembre de 2016 resultan extemporáneos, por lo que se desestima su presentación.

Transcríbase a la Municipalidad de Constitución y a la Contraloría Regional del Maule.

Saluda atentamente a Ud.

nombre reservado

Contralor General de la República