Se abstiene de emitir pronunciamiento por carecer de competencia sobre la materia y por falta de precisión en las peticiones que se formulan y antecedentes necesarios…
- Fecha
- 21 de febrero de 2017
- Criterio
- Aplica Jurisprudencia
- Fuentes legales
- pol cap/X, ley 18575 art/1
- Descriptores
- facultades cgr, abstenciones, falta de competencia
- Cita
- Dictamen N° 6.307 de 2017
Sumario
Se abstiene de emitir pronunciamiento por carecer de competencia sobre la materia y por falta de precisión en las peticiones que se formulan y antecedentes necesarios para dictaminar
Relaciones
Este documento se refiere a
- Aplica Dictamen N° 3.142 de 2017
Tal como las publica la fuente.
Texto íntegro
N° 6.307 Fecha: 21-II-2017 Esta Entidad de Control debe abstenerse, en esta oportunidad, de informar respecto de la presentación efectuada por don nombre reservado, en orden a las irregularidades denunciadas en torno al funcionamiento de la Comunidad Agrícola Villa Alhué a la cual señala pertenecer. Lo anterior, atendido que conforme con lo dispuesto en el Capítulo X de la Constitución Política de la República, en la ley N° 10.336, de Organización y Atribuciones de esta Contraloría General, y en el decreto ley N° 1.263, de 1975, Orgánico de Administración Financiera del Estado, las funciones de esta Entidad Fiscalizadora son ejercidas fundamentalmente sobre los órganos de la Administración del Estado cuya definición está contenida en el artículo 1° de la ley N° 18.575, sin perjuicio del control excepcional que realiza sobre otras entidades en razón de normas especiales expresas. De este modo, en la medida que las comunidades agrícolas no se encuentran sujetas al control de este Ente Contralor, no corresponde intervenir ni informar sobre el asunto que se consulta, ya que sus facultades fiscalizadoras no alcanzan al régimen jurídico de que se trata (Aplica criterio contenido, entre otros, en los dictámenes N°s. 57.610, de 2007 y 3.142, de 2017). Por otra parte, la consulta en referencia se plantea en términos genéricos, por cuanto no se precisa la individualización de los proyectos respecto de los cuales se alega un eventual mal uso de los recursos involucrados, como tampoco se ha indicado si se trata de haberes públicos y el origen de estos mismos. Asimismo, es menester recordar que resulta necesario que se envíen todos los antecedentes correspondientes para resolver adecuadamente el asunto que se plantea. En mérito de lo anterior, esta Contraloría General se abstendrá, por ahora, de emitir el pronunciamiento que se solicita. Saluda atentamente a Ud., Por orden del Contralor General de la República nombre reservado
Jefe División Jurídica