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Derecho público chileno

DictamenN° 62.687 de 20129 oct 2012

Sobre exoneración de responsabilidad civil en virtud de ley 10336 art/62

Fecha
9 de octubre de 2012
Materia
Responsabilidad administrativa, sumarios y potestad disciplinaria
Criterio
Aplica Jurisprudencia
Descriptores
Responsabilidad civil, exoneración
Cita
Dictamen N° 62.687 de 2012

Relaciones

Este documento se refiere a

Tal como las publica la fuente.

Texto íntegro

N° 62.687 Fecha: 09-X-2012 Carabineros de Chile ha remitido los antecedentes del sumario administrativo instruido con motivo de los daños ocasionados a las vestimentas fiscales, de cargo de la 3ª Comisaría Arica, que utilizaban los funcionarios de esa institución policial, señores nombre reservado y nombre reservado, a objeto que esta Contraloría General se pronuncie, conforme con la atribución que le confiere el artículo 62 de la ley N° 10.336, sobre la exoneración de la responsabilidad civil de aquél.

Al respecto, cabe anotar que del examen de los antecedentes adjuntos, aparece que el día 13 de marzo de 2011, los aludidos servidores concurrieron a la intersección de las calles La Concepción y Yerbas Buenas, en la ciudad de Arica, con la finalidad de verificar una denuncia por desórdenes, una vez en el lugar, y en el instante en que procedían a la detención de dos personas, se produjo un forcejeo con ellos, resultando dañadas las camisas que usaban los señores nombre reservado y nombre reservado.

Los deterioros ocasionados a las referidas prendas de vestir, según la orden N° 10, de 2010, de la Dirección Nacional de Logística, agregada a fojas 194 de autos, ascendieron a la suma total de $9.996.

Ahora bien, es menester señalar que el artículo 62 de la indicada ley N° 10.336, permite que el Contralor General exonere a un funcionario de responsabilidad civil derivada de la pérdida, merma, hurto o deterioro de un bien que administre o custodie, en la medida que al término del procedimiento que para estos efectos se incoare, se acredite que el detrimento o extravío de aquél no se debe a culpa o negligencia del servidor de que se trate, conforme con lo señalado en los dictámenes N os 17.354, de 1985 y 28.164, de 1993, de este origen, entre otros.

De esta manera, atendido que de los antecedentes tenidos a la vista, aparece que se dan los presupuestos señalados previamente, el infrascrito estima procedente exonerar de responsabilidad civil a los funcionarios de Carabineros de Chile, señores nombre reservado y nombre reservado, por los daños ocasionados en las camisas fiscales que utilizaban.

Finalmente, en lo que dice relación con los deterioros producidos al furgón fiscal Z-2605, conducido por don nombre reservado, cuya exoneración de responsabilidad civil también se solicita, corresponde expresar que del estudio del sumario acompañado, consta que los arreglos efectuados a dicho móvil no significaron ningún gasto para Carabineros de Chile, motivo por el cual, y en armonía con lo informado en el dictamen N° 53.212, de 2012, de este origen, no resulta procedente que, respecto de este vehículo, el infrascrito haga uso de la facultad contenida en el mencionado artículo 62.

nombre reservado

Contralor General de la República