Falta de participación del calificador en la Junta Calificadora de Méritos de Carabineros de Chile y de la debida fundamentación, afecta la validez del acuerdo
- Fecha
- 30 de septiembre de 2011
- Fuentes legales
- dto 5193/59 inter art/92 lt/c
- Descriptores
- Validez acuerdo junta calificadora carab
- Cita
- Dictamen N° 62.094 de 2011
Texto íntegro
N° 62.094 Fecha: 30-IX-2011 Se ha dirigido a esta Contraloría General el señor nombre reservado, ex funcionario de Carabineros de Chile, para solicitar un pronunciamiento sobre la legalidad de su proceso calificatorio correspondiente al año 2010, en el cual fue incluido, por segunda vez consecutiva, en Lista N° 3, de Observación, lo que implicó su alejamiento de ese servicio. Requerido su informe, la mencionada institución policial ha manifestado, en síntesis, que en esa evaluación se incurrió en vicios que afectaron su legalidad, ya que, por una parte, el calificador no participó en la Junta Calificadora de Méritos de Cabos, Carabineros y Personal Civil de grados equivalentes, lo que constituiría una infracción al artículo 92, letra c) del decreto N° 5.193, de 1959, del ex Ministerio del Interior, Reglamento de Selección y Ascensos y, por la otra, los acuerdos adoptados por ese cuerpo colegiado y por la Junta de Apelaciones carecen de una debida fundamentación, por lo que se adoptarán las medidas conducentes a invalidar dicho proceso y la resolución N° 58, de 2010, de la Prefectura Talcahuano, que dispuso el licenciamiento del recurrente. De esta manera, de los antecedentes examinados aparece que la situación examinada se encuentra en vías de solución.
nombre reservado
Contralor General de la República