Representa la resolución 141/2012, de la Dirección General de Obras Públicas, que aprueba antecedentes y acepta la propuesta presentada por la empresa que indica, para…
- Fecha
- 5 de octubre de 2012
- Materia
- Obras públicas y concesiones
- Criterio
- Aplica Jurisprudencia
- Fuentes legales
- dto 75/2004 moopp art/4 num/22, dfl 850/97 MOOPP art/18
- Descriptores
- contrato de obra pública, falta de definición del proyecto
- Cita
- Dictamen N° 61.884 de 2012
Sumario
Representa la resolución 141/2012, de la Dirección General de Obras Públicas, que aprueba antecedentes y acepta la propuesta presentada por la empresa que indica, para la ejecución de la obra que señala, por cuanto no se encuentra totalmente afinado el proyecto de manera tal que permita definir en forma suficiente la obra a realizar
Relaciones
Pronunciamientos posteriores sobre este
- Aplica Dictamen N° 1.404 de 2015
- Aplica Dictamen N° 51.718 de 2013
Este documento se refiere a
- Aplica Dictamen N° 1.209 de 2010
Tal como las publica la fuente.
Texto íntegro
N° 61.884 Fecha: 05-X-2012 Esta Contraloría General ha debido abstenerse de dar curso a la resolución Nº 141, de 2012, de la Dirección General de Obras Públicas, que aprueba antecedentes y acepta la propuesta presentada por la empresa que indica, para la ejecución de la obra "Construcción Mejoramiento Canalización Estero Las Cruces Tramo Puente Lo Boza hasta Descarga en Estero Lampa y Obras Anexas entre Puente Verde y Puente Lo Boza. Comunas de Quilicura y Pudahuel. Región Metropolitana", por cuanto no se encuentra totalmente afinado el proyecto de manera tal que permita definir en forma suficiente la obra a realizar, en los términos previstos en el artículo 4°, N° 22, decreto N° 75, de 2004, del Ministerio de Obras Públicas, Reglamento para Contratos de Obra Pública (aplica dictamen N° 1.209, de 2010).
En efecto, la obra a ejecutar no cuenta con el proyecto definitivo de los puentes Verde y Lo Boza, el cual -según lo señalado en pregunta y respuesta 115, contenida en aclaración N°6- deberá ser desarrollado por la empresa que se adjudique la asesoría a la inspección fiscal en un plazo estimado de 3 meses desde su inicio, sin perjuicio de que dichas labores no se encuentran contenidas en los antecedentes de la consultoría. Además, y en relación a los referidos puentes, cumple con precisar que no se advierte el fundamento por el cual la Dirección de Obras Hidráulicas realiza obras que no son propias de su competencia, particularmente considerando lo dispuesto en el artículo 18 del decreto con fuerza de ley N° 850, de 1997, del Ministerio de Obras Públicas. nombre reservado
Contralor General de la República Subrogante