Cursa con alcances decretos N°s. 2.003, 2.004 y 2.005, de 2013, de la Universidad de Santiago de Chile
- Fecha
- 27 de septiembre de 2013
- Fuentes legales
- res 1600/2008 CONTR art/6
- Descriptores
- convenios, razón social contratante
- Cita
- Dictamen N° 61.873 de 2013
Texto íntegro
N° 61.873 Fecha: 27-IX-2013 Esta Entidad de Control ha dado curso a los decretos N°s. 2.003, 2.004 y 2.005, de 2013, de la Universidad de Santiago de Chile, mediante los cuales se aprueban los contratos suscritos por esa Casa de Estudios con la empresa Claro Servicios Empresariales S.A. para la prestación, respectivamente, de los servicios de “enlace de datos”, “larga distancia nacional e internacional y telefonía móvil (hacia telefonía móvil)”, y “telefonía fija SLM”, por encontrarse ajustados a derecho.
No obstante lo anterior, cumple con manifestar que de acuerdo con los antecedentes acompañados, entre los que se cuentan los aludidos convenios, el oferente seleccionado en las líneas adjudicadas en la presente licitación fue “Claro Servicios Empresariales S.A.”, y no “Claro S.A.”, como erróneamente se consigna en la cláusula primera de dichas contrataciones, y en su transcripción en los citados textos en examen.
Además, y teniendo presente que previamente fueron representados los decretos aprobatorios de estos mismos acuerdos de voluntades, entre otras razones, por la falta de documentos necesarios para el examen de juridicidad -y que en esta oportunidad se acompañaron algunos de estos después del ingreso de aquellos instrumentos para el trámite en comento-, cabe señalar que ese establecimiento de educación superior deberá arbitrar las medidas correctivas del caso a fin de dar cumplimiento, en lo sucesivo, a lo previsto en el artículo 6° de la resolución N° 1.600, de 2008, de esta Contraloría General, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón.
Con los alcances que anteceden, se ha tomado razón de los actos administrativos citados.
nombre reservado
Contralor General de la República