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Derecho público chileno

DictamenN° 6.143 de 201231 ene 2012

Aprobación de plazos de reintegro de pensiones mal percibidas en la Caja de Previsión de la Defensa Nacional

Fecha
31 de enero de 2012
Materia
Previsión y seguridad social de funcionarios
Criterio
Aplica Jurisprudencia
Descriptores
Caja Previsión Defensa Nacional, pensiones mal percibidas, reintegro, plazos
Cita
Dictamen N° 6.143 de 2012

Resumen

La Contraloría aprueba los montos y plazos propuestos en las resoluciones internas para que los imponentes restituyan las sumas adeudadas por cobro indebido de pensiones, conforme a la normativa sobre descuentos de hasta 72 mensualidades.

Sumario de la Contraloría

Sobre aprobación de plazos de reintegro de pensiones mal percibidas por imponentes de la Caja de Previsión de la Defensa Nacional

Texto íntegro

N° 6.143 Fecha: 31-I-2012 Mediante el oficio N° 177, de 2011, la Jefa (S) del Departamento de Pensiones de la Caja de Previsión de la Defensa Nacional, ha enviado las resoluciones internas N°s. 1 a 64, de 2010, de esa Entidad Previsional, fijando los montos y plazos de restitución de las deudas por montos de pensiones mal percibidas por sus imponentes, con la finalidad de obtener la restitución respectiva por parte de esta Entidad Fiscalizadora.

Al respecto, los dictámenes N°s. 60.653, de 2005, y 35.877, de 1968, de este Organismo de Control, establecen las instrucciones para que dicha institución efectúe directamente los descuentos a las pensiones de retiro por ese concepto, pudiendo conceder hasta un máximo de 72 mensualidades, debiendo enviar mensualmente a este órgano Contralor, para su aprobación, la nómina de descuentos a efectuarse, e indicando los montos de las deudas, de la pensión y de las cuotas que se propone otorgar.

En consecuencia, esta Contraloría General aprueba los montos y plazos propuestos en las resoluciones internas mencionadas, para que las personas que en ellas se individualizan procedan a restituir las sumas que adeudan a raíz del cobro indebido de pensiones, conforme a lo informado en el referido dictamen N° 60.653, de 2005.

nombre reservado

Contralor General de la República