Ir al contenido
BuscadorConstitucional

Derecho público chileno

DictamenN° 61.381 de 20123 oct 2012

Sobre exoneración de responsabilidad civil en virtud de lo dispuesto en el art/62 de la ley 10336

Fecha
3 de octubre de 2012
Materia
Personal de FFAA, de Orden y Seguridad y Gendarmería
Criterio
Aplica Jurisprudencia
Fuentes legales
ley 10336 art/62
Descriptores
carab, vehículo fiscal, exoneración de responsabilidad civil
Cita
Dictamen N° 61.381 de 2012

Texto íntegro

N° 61.381 Fecha: 03-X-2012 Carabineros de Chile ha remitido los antecedentes de las primeras diligencias instruidas con motivo de los daños ocasionados al vehículo fiscal RP-1927, de cargo de la 36ª Comisaría La Florida, conducido por el funcionario de esa institución policial, señor nombre reservado, a objeto que esta Contraloría General se pronuncie, conforme con la atribución que le confiere el artículo 62 de la ley N° 10.336, sobre la exoneración de la responsabilidad civil de aquel.

Al respecto, cabe anotar que del examen de los antecedentes adjuntos, aparece que el día 26 de junio de 2010, mientras el aludido servidor, acompañado de otro empleado, permanecía detenido en el referido móvil en calle Vecinal, en la comuna de La Florida, fue colisionado por un vehículo particular, resolviendo el Segundo Juzgado de Policía Local de la mencionada comuna, en su sentencia de fecha 15 de noviembre de 2010, cuya fotocopia se encuentra agregada a fojas 66 y 67 de autos, condenar al conductor de este ultimo automóvil como responsable del accidente de que se trata, por efectuar una maniobra de retroceso sin mantenerse atento a las condiciones de tránsito del momento.

Los daños al patrimonio fiscal, según el presupuesto N° 185, de 2010, de la Sección de Reparaciones y Mantenimiento de Vehículos, agregado a fojas 35 a 37 del expediente, ascenderían a la suma de $100.000, determinando la Dirección Nacional de Logística, a través de su orden N° 263, de 2011, inserta a fojas 116 y 117 del proceso administrativo, dar de baja dicha especie.

Ahora bien, es menester señalar que el artículo 62 de la indicada ley N° 10.336, permite que el Contralor General exonere a un funcionario de responsabilidad civil derivada de la pérdida, merma, hurto o deterioro de un bien que administre o custodie, en la medida que al término del procedimiento que para estos efectos se incoare, se acredite que el detrimento o extravío de aquel no se debe a culpa o negligencia del servidor de que se trate, conforme con lo señalado en los dictámenes N os 17.354, de 1985 y 28.164, de 1993, de este origen, entre otros.

De esta manera, atendido que de los antecedentes tenidos a la vista, aparece que se dan los presupuestos señalados previamente, el infrascrito estima procedente exonerar de responsabilidad civil al cabo 2° de Carabineros, señor nombre reservado, por los daños ocasionados en el vehículo fiscal RP-1927.

nombre reservado

Contralor General de la República