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Derecho público chileno

DictamenN° 60.793 de 201618 ago 2016

Sobre exoneración de responsabilidad civil

Fecha
18 de agosto de 2016
Materia
Organización administrativa del Estado y competencia de la CGR
Criterio
Aplica Jurisprudencia
Fuentes legales
ley 10336 art/62
Descriptores
facultades CGR, exoneraciones de responsabilidad civil
Cita
Dictamen N° 60.793 de 2016

Texto íntegro

N° 60.793 Fecha: 18-VIII-2016 Carabineros de Chile ha remitido las primeras diligencias instruidas con motivo de los daños ocasionados en la camioneta fiscal Z-4695, conducida por su funcionario, señor nombre reservado, a objeto que, conforme con lo dispuesto en el artículo 62 de la ley N° 10.336, sea exonerado de responsabilidad civil.

Al respecto, cabe indicar que del estudio de la documentación adjunta, aparece que el día 27 de agosto de 2014, el aludido servidor se desplazaba en dicho móvil por la Avenida Presidente Salvador Allende, y al llegar a la intersección con la Avenida Club Hípico, en la comuna de Pedro Aguirre Cerda, fue colisionado por un furgón particular que ingresó al cruce de vías en maniobra de viraje, careciendo de preferencia para realizarla, obstruyéndole la normal circulación al vehículo policial, lo que el Departamento SIAT, en su oficio N° 222, de esa anualidad, estableció como causa del accidente, practicándose la pertinente denuncia ante el Juzgado de Policía Local de la mencionada comuna.

Los perjuicios provocados al patrimonio fiscal, según el certificado N° 538, de 2014, de la Sección de Reparaciones y Mantenimiento de Vehículos, ascendieron a la suma de $2.436.500, siendo dicha especie reparada y dada de alta para el servicio.

Ahora bien, el artículo 62 de la indicada ley N° 10.336, permite que el Contralor General exonere a un funcionario de responsabilidad civil derivada de la pérdida, merma, hurto o deterioro de un bien que administre o custodie, en la medida que el detrimento o extravío no se deba a su culpa o negligencia, tal como se ha señalado en los dictámenes N os 17.354, de 1985 y 28.164, de 1993, de este origen, entre otros.

De esta manera, en atención a que en los antecedentes tenidos a la vista, aparece que se dan los presupuestos anotados previamente, se ha estimado procedente exonerar de responsabilidad civil al señor nombre reservado, por los daños causados en la camioneta fiscal Z-4695; ello es, por cierto, sin perjuicio de su eventual responsabilidad infraccional en el hecho descrito.

Saluda atentamente a Ud.

nombre reservado

Contralor General de la República