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Derecho público chileno

DictamenN° 60.113 de 201228 sep 2012

Carabineros de Chile remite antecedentes a objeto de que Contraloría General se pronuncie, conforme con la atribución que le confiere el art/62 de la ley 10336, sobre…

Fecha
28 de septiembre de 2012
Materia
Personal de FFAA, de Orden y Seguridad y Gendarmería
Criterio
Aplica Jurisprudencia
Fuentes legales
ley 10336 art/62
Descriptores
responsabilidad civil, exoneración, vehículo fiscal, Carab
Cita
Dictamen N° 60.113 de 2012

Sumario

Carabineros de Chile remite antecedentes a objeto de que Contraloría General se pronuncie, conforme con la atribución que le confiere el art/62 de la ley 10336, sobre exoneración de responsabilidad civil

Texto íntegro

N° 60.113 Fecha : 28-IX-2012 Carabineros de Chile ha remitido los antecedentes de las primeras diligencias instruidas con motivo de los daños ocasionados al furgón fiscal Z-4259, de cargo de la Subcomisaría Fuerzas Especiales, dependiente de la Prefectura Malleco, conducido por el funcionario de esa institución policial, señor nombre reservado, a objeto que esta Contraloría General se pronuncie, conforme con la atribución que le confiere el artículo 62 de la ley N° 10.336, sobre la exoneración de la responsabilidad civil de aquél.

Al respecto, cabe anotar que del examen de los antecedentes acompañados, aparece que el día 26 de diciembre de 2011, el aludido servidor, junto a otros empleados, se desplazaba en el referido furgón por el camino público Chequenco, en la comuna de Collipulli, efectuando labores de escolta de camiones forestales de una empresa particular del sector, y al llegar a la altura del km. 5 de esa vía, fue atacado con disparos por un grupo de 5 personas, resultando el citado móvil con daños en su estructura y vidrios quebrados.

Los perjuicios ocasionados al patrimonio fiscal, según el presupuesto N° 4, de 2012, de la Zonal de Mantenimiento y Reparaciones de Vehículos Temuco, que rola a fojas 37 y 38 de autos, ascenderían a la suma de $105.000, siendo dicha especie reparada y dada de alta para el servicio, como consta del certificado N° 85, de 2012, de la misma Zonal, agregado a fojas 75 y 76 del expediente.

Ahora bien, es menester señalar que el artículo 62 de la indicada ley N° 10.336, permite que el Contralor General exonere a un funcionario de responsabilidad civil derivada de la pérdida, merma, hurto o deterioro de un bien que administre o custodie, en la medida que al término del procedimiento que para estos efectos se incoare, se acredite que el detrimento o extravío de aquél no se debe a culpa o negligencia del servidor de que se trate, conforme con lo señalado en los dictámenes N os 17.354, de 1985 y 28.164, de 1993, de este origen, entre otros.

De esta manera, atendido que de los antecedentes tenidos a la vista, aparece que se dan los presupuestos señalados previamente, el infrascrito estima procedente exonerar de responsabilidad civil al Cabo 1° de Carabineros, señor nombre reservado, por los daños ocasionados en el furgón fiscal Z-4259.

nombre reservado

Contralor General de la República