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Derecho público chileno

DictamenN° 60.004 de 201612 ago 2016

Sobre exoneración de responsabilidad civil

Fecha
12 de agosto de 2016
Materia
Organización administrativa del Estado y competencia de la CGR
Criterio
Aplica Jurisprudencia
Fuentes legales
ley 10336 art/62
Descriptores
Contraloría General de la República, facultades CGR, exoneraciones de responsabilidad civil
Cita
Dictamen N° 60.004 de 2016

Texto íntegro

N° 60.004 Fecha: 12-VIII-2016 Carabineros de Chile ha remitido los antecedentes de las primeras diligencias instruidas con motivo de los daños ocasionados en los furgones fiscales Z-5269 y Z-6251, conducidos por sus funcionarios, señores nombre reservado y nombre reservado, a objeto que, conforme con lo dispuesto en el artículo 62 de la ley N° 10.336, sean exonerados de responsabilidad civil.

Al respecto, cabe anotar que del examen de la documentación adjunta, aparece que el día 11 de octubre de 2014, los aludidos servidores, acompañados de otros empleados, se trasladaron en esos vehículos hasta la intersección de las calles Palena y Puente de Puerto Varas, en la comuna de Puerto Varas, debido a que allí se producía una riña en la vía pública; una vez en el lugar, fueron atacados con piedras y elementos contundentes por los participantes en ella, resultando esos móviles con su parabrisas quebrado.

Los perjuicios provocados al patrimonio fiscal, según los certificados s/n, de fechas 4 de diciembre de 2014 y 18 de mayo de 2015, del encargado de Reparaciones y Mantenimiento de Vehículos, ascendieron a la suma total de $246.330, siendo dichas especies reparadas y dadas de alta para el servicio.

Ahora bien, el artículo 62 de la citada ley N° 10.336, permite que el Contralor General exonere a un funcionario de la responsabilidad civil derivada de la pérdida, hurto o deterioro de un bien que administre o custodie, en la medida que el detrimento o extravío no se deba a su culpa o negligencia, tal como se ha señalado en los dictámenes N os 17.354, de 1985 y 28.164, de 1993, de este origen, entre otros.

De esta manera, en atención a que en los antecedentes tenidos a la vista, consta que se dan los presupuestos anotados previamente, se ha estimado procedente exonerar de responsabilidad civil a los señores nombre reservado y nombre reservado, por los daños causados en los furgones fiscales Z-5269 y Z-6251, respectivamente.

Saluda atentamente a Ud.

nombre reservado

Contralor General de la República