Sobre exoneración de responsabilidad civil
- Fecha
- 12 de agosto de 2016
- Criterio
- Aplica Jurisprudencia
- Fuentes legales
- ley 10336 art/62
- Descriptores
- Contraloría General de la República, facultades CGR, exoneraciones de responsabilidad civil
- Cita
- Dictamen N° 60.002 de 2016
Texto íntegro
N° 60.002 Fecha: 12-VIII-2016 Carabineros de Chile ha remitido los antecedentes de las primeras diligencias instruidas con motivo de los daños ocasionados en el automóvil fiscal RP-3517, conducido por su funcionario, señor nombre reservado, a objeto que, conforme con lo dispuesto en el artículo 62 de la ley N° 10.336, sea exonerado de responsabilidad civil.
Al respecto, cabe indicar que del estudio de la documentación adjunta, aparece que el día 2 de febrero de 2013, el aludido servidor, acompañado de otro empleado, se desplazaba en ese vehículo por la Ruta Q-050, en la comuna de Florida, y al llegar a la altura del km. 46 de esa vía, una camioneta particular que transitaba por la misma ruta, en sentido contrario, efectuó un adelantamiento en zona prohibida, obstruyéndole la normal circulación al automóvil policial, el cual realizó una maniobra evasiva, chocando con la barrera de contención, practicándose la denuncia ante el Juzgado de Policía Local de tal comuna, el cual resolvió archivar los antecedentes, como consta en el oficio N° 895, de 2015, de aquel juzgado.
Los perjuicios provocados al patrimonio fiscal, según el certificado N° 45, de 2015, de la Zonal de Mantenimiento de Vehículos Biobío, ascendieron a la suma de $1.100.000, siendo dicha especie reparada y dada de alta para el servicio.
Ahora bien, el artículo 62 de la indicada ley N° 10.336, permite que el Contralor General exonere a un funcionario de responsabilidad civil derivada de la pérdida, merma, hurto o deterioro de un bien que administre o custodie, en la medida que el detrimento o extravío no se deba a su culpa o negligencia, tal como se ha señalado en los dictámenes N os 17.354, de 1985 y 28.164, de 1993, de este origen, entre otros.
De esta manera, en atención a que en los antecedentes tenidos a la vista, aparece que se dan los presupuestos anotados previamente, se ha estimado procedente exonerar de responsabilidad civil al señor nombre reservado, por los daños causados en el automóvil fiscal RP-3517.
Saluda atentamente a Ud.
nombre reservado
Contralor General de la República