Cese de funciones por lista de eliminación y pago de remuneraciones hasta esa fecha
- Fecha
- 21 de septiembre de 2011
- Fuentes legales
- Ley 18834 art/147
- Descriptores
- Medida disciplinaria destitución, pago remuneraciones, declaración cargo vacante
- Cita
- Dictamen N° 59.689 de 2011
Resumen
Nada se adeuda al recurrente, pues su cese se produjo con la resolución que declaró vacante su empleo por calificación en lista 4 de Eliminación, y no con el total trámite de la resolución que aprobó el sumario; se reconsidera el dictamen anterior.
Sumario de la Contraloría
Sobre la fecha en que se produjo el cese de funciones de ex funcionario del Ministerio de Vivienda y Urbanismo y hasta cuando procedía el pago de sus remuneraciones
Relaciones
Este documento se refiere a
- Reconsidera parcialmente Dictamen N° 72.886 de 2009
Tal como las publica la fuente.
Texto íntegro
N° 59.689 Fecha: 21-IX-2011 Se ha dirigido a esta Contraloría General don nombre reservado, ex funcionario del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, para solicitar el cumplimiento del dictamen N° 72.886, de 2009, de esta Institución Fiscalizadora, que concluyó, en síntesis, que le asistía el derecho al pago de las remuneraciones correspondientes al empleo que servía en la aludida repartición, hasta la notificación del total trámite de la resolución N° 39, de 2004, de esa Secretaría de Estado, de la cual se tomó razón el 29 de mayo de esa anualidad, que dispuso su destitución.
Requerido su informe, la autoridad expuso, en síntesis, que la desvinculación del interesado se produjo a contar del 11 de octubre de 2002, como consecuencia de haber sido calificado en lista 4, de Eliminación, lo que se concretó por la resolución N° 635, de esa anualidad, en tanto que la indicada sanción expulsiva se le aplicó al término de un procedimiento disciplinario ordenado instruir en el año 2001, es decir, cuando aún tenía la calidad de funcionario público, por lo que la señalada medida disciplinaria le fue impuesta para el solo efecto de cumplir con lo dispuesto en el artículo 147 de la ley N° 18.834.
Sobre el particular, es dable indicar que del examen de los antecedentes tenidos a la vista y de acuerdo a los registros de este Órgano Contralor, consta que, efectivamente, el cese de funciones del señor nombre reservado se produjo mediante la citada resolución N° 635, de 2002, la cual declaró vacante su empleo a contar del 11 de octubre del mismo año, por calificación en lista 4, de Eliminación, y no a partir del total trámite de la resolución que aprobó el sumario administrativo incoado en su contra, dado que, a esa fecha, ya había sido desvinculado de la institución.
Siendo ello así, no cabe sino concluir que al peticionario nada se le adeuda por el concepto que pretende, puesto que se ha acreditado el pago de los estipendios a los que tuvo derecho con motivo del ejercicio de su cargo, hasta el día anterior a la fecha en que concluyó su relación laboral con la Administración, a saber, el 11 de octubre de 2002, por lo que procede reconsiderar el precitado oficio N° 72.886, de 2009, en los términos señalados.
nombre reservado
Contralor General de la República