Condonación de deuda por licencia médica rechazada y luego autorizada por COMPIN
- Fecha
- 5 de agosto de 2014
- Fuentes legales
- Ley 10336 art/67
- Descriptores
- Condonación, licencia médica, compin
- Cita
- Dictamen N° 59.396 de 2014
Resumen
La Contraloría se abstiene de pronunciarse porque la situación remuneratoria quedó solucionada al autorizar la COMPIN la licencia médica en su totalidad.
Sumario de la Contraloría
Sobre solicitud de condonación de deuda originada por el rechazo de licencia médica, posteriormente autorizada por la Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez
Texto íntegro
N° 59.396 Fecha: 05-VIII-2014 Se ha dirigido a esta Contraloría General doña nombre reservado, funcionaria del Hospital Padre Alberto Hurtado, solicitando acogerse a los beneficios establecidos en el artículo 67 de la ley N° 10.336, para el reintegro de la suma de $ 140.473 que adeudaría, por el rechazo de una licencia médica de la que hizo uso entre el 5 y el 16 de septiembre de 2013. Al respecto, cumple con manifestar que, de acuerdo a lo informado por la jefa del Departamento de Remuneraciones del indicado establecimiento hospitalario, consta que la Subcomisión Sur Oriente de la Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez de la Región Metropolitana, acogió la reclamación deducida ante ella por la afectada, considerando justificado el reposo prescrito y autorizando en su totalidad la licencia médica en principio rechazada. En atención a lo expuesto, esta Entidad Fiscalizadora estima que la situación remuneratoria de la señora nombre reservado se encuentra actualmente solucionada, por lo que se abstiene de emitir un pronunciamiento sobre dicha petición. Transcríbase al Hospital Padre Alberto Hurtado.
nombre reservado
Contralor General de la República