Se abstiene de emitir un pronunciamiento sobre reclamo en proceso sumarial pendiente
- Fecha
- 10 de agosto de 2016
- Criterio
- Aplica Jurisprudencia
- Descriptores
- facultades cgr, abstenciones, destitución, procedimiento disciplinario pendiente
- Cita
- Dictamen N° 59.353 de 2016
Relaciones
Este documento se refiere a
- Aplica Dictamen N° 95.320 de 2014
Tal como las publica la fuente.
Texto íntegro
N° 59.353 Fecha: 10-VIII-2016 Se ha dirigido a esta Contraloría General don nombre reservado, ex Secretario Regional Ministerial de nombre reservado del Biobío, para consultar por el procedimiento sumarial seguido en su contra y solicitar que se deje sin efecto la destitución dispuesta mediante la resolución exenta N° 435, de 2016, de la Presidenta de la República, por las razones que expone.
Sobre el particular, debe señalarse que la jurisprudencia administrativa contenida, entre otros, en el dictamen N° 95.320, de 2014, de este origen, ha expresado que los procesos sumariales son reglados y a su respecto no caben otros trámites o instancias que los previstos en la ley N° 18.834, la que no otorga facultades a esta Entidad Fiscalizadora para emitir una opinión anticipada respecto de aquellos, sobre cuyos resultados tendrá oportunidad de pronunciarse al efectuar el control previo de legalidad del acto administrativo que los afine, de ser procedente, de acuerdo con lo establecido en la resolución N° 1.600, de 2008, de esta Institución de Control.
Así entonces, debido a que según los registros de este Organismo Fiscalizador, el procedimiento disciplinario de que se trata se encuentra pendiente, corresponde abstenerse de emitir el pronunciamiento solicitado.
Transcríbase a la Subsecretaría de Servicios Sociales.
Saluda atentamente a Ud.
nombre reservado
Contralor General de la República