Se abstiene de emitir pronunciamiento por encontrarse el asunto en conocimiento de los tribunales de justicia
- Fecha
- 26 de septiembre de 2012
- Fuentes legales
- ley 19070 art/72 lt/j, ley 10336 art/6 inc/3, ley 19880 art/54 inc/3
- Descriptores
- abstención, conocimiento de los tribunales de justicia
- Cita
- Dictamen N° 59.025 de 2012
Texto íntegro
N° 59.025 Fecha: 26-IX-2012 Se ha dirigido a esta Entidad de Control la señora nombre reservado, exprofesional de la educación de la Municipalidad de Pedro Aguirre Cerda, para solicitar un pronunciamiento sobre la legalidad del decreto N° 877, de 2012, en virtud del cual, esa entidad edilicia dispuso el término de su relación laboral, por la causal de supresión de las horas docentes que servía, establecida en el artículo 72, letra j), de la ley N° 19.070, Estatuto de los Profesionales de la Educación.
Al respecto, cumple señalar que este Organismo Fiscalizador debe abstenerse de emitir el pronunciamiento solicitado, por cuanto en virtud de lo dispuesto en el artículo 6°, inciso tercero, de su Ley Orgánica N° 10.336, en relación con el inciso tercero del artículo 54 de la ley N° 19.880, no le corresponde informar ni intervenir en asuntos sometidos al conocimiento de los tribunales de justicia, lo que ocurre en la situación planteada en la especie, puesto que sobre la materia se interpuso acción ante el Juzgado de Letras del Trabajo de San Miguel, en causa rol N° RIT 0- 420-2012, la que se encuentra actualmente en tramitación. nombre reservado
Contralor General de la República