Ir al contenido
BuscadorConstitucional

Derecho público chileno

DictamenN° 58.894 de 201523 jul 2015

Bono de la ley N° 20.305: exigencia de desempeño anterior al 1 de mayo de 1981

Fecha
23 de julio de 2015
Materia
Previsión y seguridad social de funcionarios
Fuentes legales
ley 20305 art/1 inc/1, ley 20305 art/2 num/1
Descriptores
personal, seguridad social, bonos de retiro
Cita
Dictamen N° 58.894 de 2015

Resumen

Se rechaza el derecho a la bonificación, pues la exfuncionaria de la Junta Nacional de Jardines Infantiles ingresó en 1981 y no registra desempeños anteriores en los organismos que exige la ley.

Sumario de la Contraloría

Para acceder al beneficio que otorga la ley N° 20.305, se requiere haberse desempeñado en alguno de los organismos a que alude esa preceptiva con anterioridad al 1 de mayo de 1981, lo que no ocurrió en la especie

Texto íntegro

N° 58.894 Fecha: 23-VII-2015 Se ha dirigido a esta Contraloría General la señora nombre reservado, exservidora de la Junta Nacional de Jardines Infantiles, para consultar si tiene derecho a la bonificación que establece la ley N° 20.305, la que fue denegada por aquella entidad.

Requerido su informe, el mencionado organismo señala que la interesada no cumple con el requisito de haberse desempeñado con anterioridad al 1 de mayo de 1981, en las entidades a que se refiere el aludido texto legal.

Al respecto, cumple con indicar que el artículo 1° de la ley N° 20.305, en su inciso primero, otorga un bono de naturaleza laboral, para el personal que, a su entrada en vigencia, a saber, el 1 de enero de 2009, desempeñe un cargo de planta o a contrata y al contratado conforme al Código del Trabajo, en los órganos y servicios públicos regidos por las normas que señala, entre ellos, la Junta Nacional de Jardines Infantiles.

Enseguida, cabe recordar que para obtener la prestación en comento se deben cumplir los presupuestos copulativos previstos en el artículo 2° del precitado ordenamiento, entre ellos, el N° 1, que exige tener las calidades indicadas -esto es, encontrarse ejerciendo labores en los organismos que se señalan en dicha preceptiva-, tanto a la fecha de postulación como con anterioridad al 1 de mayo de 1981.

Ahora bien, según consta en los registros de este Ente Fiscalizador, la señora nombre reservado ingresó al mencionado servicio el 8 de junio de 1981, sin que aparezcan desempeños anteriores en alguna de las instituciones a que se refiere la normativa, de modo que no cumple con el requisito en estudio, circunstancia que le impide acceder a la prestación que reclama.

Transcríbase a la Junta Nacional de Jardines Infantiles.

Saluda atentamente a Ud.

nombre reservado

Contralor General de la República Subrogante