Ir al contenido
BuscadorConstitucional

Derecho público chileno

DictamenN° 58.257 de 201113 sep 2011

Cursa decreto que otorga concesión marítima menor y exige reemplazo de garantía tras las obras

Fecha
13 de septiembre de 2011
Materia
Procedimiento administrativo y actos administrativos
Fuentes legales
dto 2/2005 defen art/19
Descriptores
concesión marítima, reemplazo garantía
Cita
Dictamen N° 58.257 de 2011

Resumen

Se cursa el decreto, pues se ajusta a derecho, con el alcance de que la garantía a favor del Fisco debe reemplazarse al término de las obras por otra calculada sobre la tasación comercial del Servicio de Impuestos Internos.

Sumario de la Contraloría

Cursa con alcance dto 547/2011 de defensa que otorga concesión marítima menor, haciendo presente que la garantía a favor del Fisco debe, al término de la ejecución de las obras o construcciones, ser reemplazada por otra, calculada esta vez sobre el monto de la tasación comercial de las obras o construcciones practicada por el Servicio de Impuestos Internos

Relaciones

Pronunciamientos posteriores sobre este

Tal como las publica la fuente.

Texto íntegro

N° 58.257 Fecha:13-IX-2011 Esta Entidad de Control ha dado curso al decreto N° 547, de 2011, del Ministerio de Defensa Nacional, mediante el cual se otorga la concesión marítima menor que indica, por encontrarse ajustado a derecho.

No obstante lo anterior, cumple con hacer presente que la garantía a favor del Fisco a que se hace referencia en el N° 12 del decreto en estudio debe, al término de la ejecución de las obras o construcciones, ser reemplazada por otra en los mismos términos y porcentaje que se detallan en dicho acápite, calculada esta vez sobre el monto de la tasación comercial de las obras o construcciones practicada por el Servicio de Impuestos Internos. Esta nueva caución deberá ser entregada a la autoridad marítima dentro del plazo de 90 días contados desde la fecha de término de las obras o construcciones, tal como se establece en el artículo 19 del decreto N° 2, de 2005, del Ministerio de Defensa Nacional, Subsecretaría de Marina.

Con el alcance que antecede se ha tomado razón del acto administrativo estudiado. nombre reservado

Contralor General de la República Subrogante