Cursa con alcance las resoluciones N°s 71 y 72, de 2015, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones
- Fecha
- 22 de julio de 2015
- Materia
- Obras públicas y concesiones
- Criterio
- Aplica Jurisprudencia
- Fuentes legales
- res 1600/2008 CONTR art/6
- Descriptores
- contratos administrativos, concesiones, locomoción colectiva
- Cita
- Dictamen N° 58.113 de 2015
Relaciones
Este documento se refiere a
- Aplica Dictamen N° 34.153 de 2015
- Aplica Dictamen N° 93.198 de 2014
- Aplica Dictamen N° 84.640 de 2014
Tal como las publica la fuente.
Texto íntegro
N° 58.113 Fecha: 22-VII-2015 La Contraloría General ha dado curso a los documentos del rubro, que aprueban Addendum a los Contratos Ad-Referéndum de Concesión de Uso de Vías para la Prestación de Servicios de Transporte Público Urbano Remunerado de Pasajeros mediante Buses, suscritos con las sociedades concesionarias Servicio de Transporte de Personas Santiago S.A. y Redbus Urbano S.A., respectivamente, pero cumple con hacer presente, en concordancia con lo indicado en los oficios N os 84.640 y 93.198, ambos de 2014, y 34.153, de 2015, de esta Entidad Fiscalizadora -aplicables en lo pertinente-, que esa Secretaría de Estado deberá adoptar las medidas que le permitan contar con los instrumentos necesarios para verificar el cumplimiento cabal de los supuestos que posibilitan las instancias de revisión, de conformidad a lo señalado en la cláusula 5.5.2 de los aludidos contratos. Por su parte, en relación con la resolución N° 72 analizada, en lo sucesivo, y de conformidad al artículo 6° de la resolución N° 1.600, de 2008, de este Organismo de Control, ese servicio deberá transcribir en el texto de las resoluciones que aprueben convenios la totalidad de su contenido, y no incurrir en omisiones, como aconteció respecto de los Anexos 1 y 2 que forman parte del acuerdo que en aquella se aprueba. Saluda atentamente a Ud., nombre reservado
Contralor General de la República Subrogante