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Derecho público chileno

DictamenN° 58.113 de 201522 jul 2015

Cursa con alcance las resoluciones N°s 71 y 72, de 2015, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones

Fecha
22 de julio de 2015
Materia
Obras públicas y concesiones
Criterio
Aplica Jurisprudencia
Fuentes legales
res 1600/2008 CONTR art/6
Descriptores
contratos administrativos, concesiones, locomoción colectiva
Cita
Dictamen N° 58.113 de 2015

Relaciones

Este documento se refiere a

Tal como las publica la fuente.

Texto íntegro

N° 58.113 Fecha: 22-VII-2015 La Contraloría General ha dado curso a los documentos del rubro, que aprueban Addendum a los Contratos Ad-Referéndum de Concesión de Uso de Vías para la Prestación de Servicios de Transporte Público Urbano Remunerado de Pasajeros mediante Buses, suscritos con las sociedades concesionarias Servicio de Transporte de Personas Santiago S.A. y Redbus Urbano S.A., respectivamente, pero cumple con hacer presente, en concordancia con lo indicado en los oficios N os 84.640 y 93.198, ambos de 2014, y 34.153, de 2015, de esta Entidad Fiscalizadora -aplicables en lo pertinente-, que esa Secretaría de Estado deberá adoptar las medidas que le permitan contar con los instrumentos necesarios para verificar el cumplimiento cabal de los supuestos que posibilitan las instancias de revisión, de conformidad a lo señalado en la cláusula 5.5.2 de los aludidos contratos. Por su parte, en relación con la resolución N° 72 analizada, en lo sucesivo, y de conformidad al artículo 6° de la resolución N° 1.600, de 2008, de este Organismo de Control, ese servicio deberá transcribir en el texto de las resoluciones que aprueben convenios la totalidad de su contenido, y no incurrir en omisiones, como aconteció respecto de los Anexos 1 y 2 que forman parte del acuerdo que en aquella se aprueba. Saluda atentamente a Ud., nombre reservado

Contralor General de la República Subrogante