Procede notificar nuevamente sanción al afectado, a fin de que pueda ejercer el recurso de reposición, de modo que, agotadas las etapas, se emita el acto terminal que…
- Fecha
- 14 de septiembre de 2012
- Criterio
- Aplica Jurisprudencia
- Descriptores
- UTEM, sumario administrativo, interrupción plazo reposición, notificación
- Cita
- Dictamen N° 57.479 de 2012
Sumario
Procede notificar nuevamente sanción al afectado, a fin de que pueda ejercer el recurso de reposición, de modo que, agotadas las etapas, se emita el acto terminal que debe remitirse para su control previo de legalidad
Relaciones
Pronunciamientos posteriores sobre este
- Aplica Dictamen N° 9.002 de 2013
Este documento se refiere a
- Aplica Dictamen N° 12.180 de 2011
- Aplica Dictamen N° 69.553 de 2010
Tal como las publica la fuente.
Texto íntegro
N° 57.479 Fecha: 14-IX-2012 Se ha dirigido a esta Contraloría General la Universidad Tecnológica Metropolitana, para señalar que ha dado cumplimiento a lo informado en el dictamen N° 6.036, de 2012, de este origen, en el cual se concluyó que el decreto N° 702, de 2011, de esa casa de estudios, omitió indicar los fundamentos que tuvo el rector para no acoger la proposición de este Órgano Fiscalizador y, por ende, absolver a don nombre reservado, al término del sumario administrativo instruido por la Fiscalía de esta Entidad de Control mediante la resolución exenta N° 1.801, de 2011.
En este sentido, esa institución de educación superior añade que a través de la resolución exenta N° 1.592, de 2012, aplicó la medida disciplinaria de censura al señor nombre reservado, jefe del Departamento de Recursos Humanos de esa universidad, la cual le fue notificada el 26 de marzo de este año.
Sobre el particular, y considerando, por una parte, que el plazo con que contaba el interesado en la especie para interponer el recurso de reposición ante el rector, se vio interrumpido por el envío del expediente sumarial acompañado a la presentación del rubro, y, por otra, lo precisado en los dictámenes N os 69.553, de 2010 y 12.180, de 2011, de este Ente Contralor, procede que esa casa de estudios notifique nuevamente al afectado la resolución que le aplicó la citada medida, a fin de que pueda ejercer el aludido recurso y, luego de vencido el término fijado para tal efecto sin que este haya sido interpuesto, o una vez resuelto en el evento de haberse presentado, se emita el acto administrativo terminal, remitiéndolo a este Organismo Fiscalizador para su control preventivo de legalidad.
Restitúyense a la Universidad Tecnológica Metropolitana los antecedentes sumariales adjuntos.
nombre reservado
Contralor General de la República Subrogante