Toma de razón de resolución que aprueba transferencia de fondos para emergencia en Atacama
- Fecha
- 20 de julio de 2015
- Criterio
- Aplica Jurisprudencia
- Fuentes legales
- res 1600/2008 contr art/6 inc/1
- Descriptores
- Contraloría General de la República, facultades CGR, toma de razón
- Cita
- Dictamen N° 57.341 de 2015
Resumen
Se representa la resolución porque no se remitieron los antecedentes que fundamentan el acto administrativo, lo que contraviene el artículo 6° de la resolución N° 1.600, de 2008, sobre exención del trámite de toma de razón.
Sumario de la Contraloría
Representa la resolución N° 835, de 2015, de la Subsecretaría del Interior
Relaciones
Pronunciamientos posteriores sobre este
- Aplica Dictamen N° 31.855 de 2016
Tal como las publica la fuente.
Texto íntegro
N° 57.341 Fecha: 20-VII-2015 Esta Contraloría General ha debido abstenerse de dar curso al documento del rubro, mediante el cual se aprueba una transferencia de fondos a favor de la Intendencia Regional de Atacama, para atender situaciones de emergencia, por cuanto no se han remitido los antecedentes que sirven de fundamento al mencionado acto administrativo, lo que contraviene lo dispuesto en el inciso primero del artículo 6° de la resolución N° 1.600, de 2008, de esta Entidad de Control, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón.
En mérito de lo expuesto, se representa el instrumento del epígrafe.
Saluda atentamente a Ud., nombre reservado
Contralor General de la República Subrogante