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Derecho público chileno

DictamenN° 5.727 de 201230 ene 2012

Cursa con alcance Decreto N° 60 de 2011, del Ministerio de Agricultura, que nombra a Secretario Ejecutivo de la Comisión Nacional de Riego

Fecha
30 de enero de 2012
Materia
Educación pública (SLEP, estatuto docente y subvenciones)
Fuentes legales
dfl 3/18834/90 Econo art/uni, dfl 10/2003 Hacie ley 19882 art/quincuagésimo séptimo ley 19882 art/sexagésimo quinto, dto 1405/2011 Hacie
Descriptores
Cargos alta dirección, duración, tres años
Cita
Dictamen N° 5.727 de 2012

Texto íntegro

N° 5.727 Fecha: 30-I-2012 Esta Contraloría General ha dado curso al documento examinado, que nombra en calidad de titular a don nombre reservado como Secretario Ejecutivo de la Comisión Nacional de Riego, a contar del 2 de enero de 2012, pero cumple con hacer presente que, según lo previsto en el artículo quincuagésimo séptimo de la ley N° 19.882, los nombramientos en cargos de alta dirección pública –carácter que reviste el de la especie– tienen una duración de tres años, atendido lo cual debe entenderse que la presente designación rige hasta el 2 de enero de 2015.

Por otra parte, cumple con señalar que al mencionado empleo le corresponde el grado 2 E.U.S, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo único del D.F.L. N° 3-18.834, de 1990, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, lo que se omitió consignar en el decreto en estudio.

Sin perjuicio de lo anterior, cabe puntualizar, respecto de la cita que se efectúa en el numeral 3 del acto administrativo en estudio al D.F.L. N° 10, de 2003, del Ministerio de Hacienda, que el mencionado texto legal fija porcentajes de la asignación de dirección superior a los cargos que indica, beneficio que fue reemplazado por la asignación de alta dirección pública en virtud de lo establecido en el artículo sexagésimo quinto de la ley N° 19.882, por lo que no resulta aplicable en la situación en análisis.

En este sentido, es dable agregar que, de acuerdo a lo señalado en el decreto N° 1.405, de 2011, del Ministerio de Hacienda, el porcentaje de asignación de Alta Dirección Pública para el mencionado cargo es de 70%, lo que se ha omitido indicar en el texto del acto administrativo en estudio, como lo exige el artículo sexagésimo quinto de la citada ley 19.882.

Con los alcances que anteceden, se ha tomado razón del instrumento señalado.

nombre reservado

Contralor General de la República