Exoneración de responsabilidad civil por daños a vehículo fiscal de Carabineros
- Fecha
- 23 de enero de 2014
- Criterio
- Aplica Jurisprudencia
- Fuentes legales
- ley 10336 art/62
- Descriptores
- carabineros, daño vehículo fiscal, exoneración responsabilidad civil
- Cita
- Dictamen N° 5.659 de 2014
Resumen
Se exonera de responsabilidad civil al funcionario, pues los daños al furgón fiscal se produjeron por el golpe de un detenido y no por culpa o negligencia del servidor.
Sumario de la Contraloría
Sobre exoneración de responsabilidad civil
Texto íntegro
N° 5.659 Fecha: 23-I-2014 Carabineros de Chile ha remitido los antecedentes de las primeras diligencias instruidas con motivo de los daños ocasionados al furgón fiscal Z-5205, conducido por su funcionario, señor nombre reservado, a objeto que, conforme con lo dispuesto en el artículo 62 de la ley N° 10.336, sea exonerado de responsabilidad civil.
Al respecto, cabe señalar que del estudio de la documentación adjunta, aparece que el día 18 de mayo de 2013, ese servidor, acompañado de otros empleados, concurrió en el citado móvil hasta el camino Collico, en la comuna de Ercilla, a verificar una denuncia en contra de tres personas que bloqueaban aquella vía, una vez en el lugar, y en el instante en que procedía a la detención de uno de esos individuos, éste golpeó con su pie la puerta posterior del costado derecho del referido furgón, abollándola.
Los daños ocasionados al patrimonio fiscal, según el certificado N° 172, de 2013, de la Zonal de Reparaciones y Mantenimiento de Vehículos Temuco, ascendieron a la suma de $80.000, siendo dicha especie reparada y dada de alta para el servicio.
Ahora bien, el artículo 62 de la indicada ley N° 10.336, permite que el Contralor General exonere a un funcionario de responsabilidad civil derivada de la pérdida, merma, hurto o deterioro de un bien que administre o custodie, en la medida que el detrimento o extravío no se deba a su culpa o negligencia, tal como se ha señalado en los dictámenes N os 17.354, de 1985 y 28.164, de 1993, de este origen, entre otros.
De esta manera, atendido que de los antecedentes tenidos a la vista, aparece que se dan los presupuestos anotados previamente, se ha estimado procedente exonerar de responsabilidad civil al señor nombre reservado, por los daños ocasionados en el furgón fiscal Z-5205.
Saluda atentamente a Ud.
nombre reservado
Contralor General de la República