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Derecho público chileno

DictamenN° 5.594 de 201227 ene 2012

Procedencia de pago de aguinaldo de Fiestas Patrias a ex funcionaria del Hospital Exequiel González Cortés, que se encontraba en funciones al 31 de agosto de 2011

Fecha
27 de enero de 2012
Materia
Salud pública y personal de salud
Criterio
Aplica Jurisprudencia
Fuentes legales
ley 20486 art/8, ley 20486 art/2
Descriptores
SDS, aguinaldo, ex funcionaria
Cita
Dictamen N° 5.594 de 2012

Relaciones

Pronunciamientos posteriores sobre este

Tal como las publica la fuente.

Texto íntegro

N° 5.594 Fecha : 27-I-2012 Se ha dirigido a esta Contraloría General la señora nombre reservado, ex funcionaria del Hospital Exequiel González Cortés, dependiente del Servicio de Salud Metropolitano Sur, solicitando un pronunciamiento sobre el derecho que le asistiría para percibir el pago del aguinaldo de Fiestas Patrias correspondiente al año 2011.

Requerido su informe, el mencionado complejo hospitalario manifiesta, en síntesis, que la interesada renunció voluntariamente a su empleo en el mes de septiembre de ese año, por lo que no tiene derecho al indicado beneficio.

Sobre el particular, es menester señalar que el artículo 8° de la ley N° 20.486, concede el estipendio consultado por una sola vez a los trabajadores que al 31 de agosto de 2011, desempeñen cargos de planta o a contrata en las entidades a que se refiere el artículo 2°, de ese cuerpo legal, entre los que se encuentran los Servicios de Salud.

Al respecto, cabe manifestar que del citado precepto se desprende que para la percepción del aludido emolumento es indispensable que el trabajador sirva, a la referida data, en alguna de las entidades y calidades que en el mismo se señalan.

Pues bien, de los registros que obran en esta Entidad de Control aparece que la peticionaria se encontraba en funciones en dicho hospital a la fecha exigida por la norma, a saber, 31 de agosto de 2011, por lo que tiene derecho al beneficio que reclama.

nombre reservado

Contralor General de la República