Director del Servicio de Salud del Reloncaví informa que funcionario de dicha repartición fue requerido de pago para el reintegro de las sumas percibidas indebidamente…
- Fecha
- 27 de enero de 2012
- Fuentes legales
- ley 10336 art/67
- Descriptores
- cargo pecuniario, percepción indebida, reintegro
- Cita
- Dictamen N° 5.580 de 2012
Sumario
Director del Servicio de Salud del Reloncaví informa que funcionario de dicha repartición fue requerido de pago para el reintegro de las sumas percibidas indebidamente por concepto de horas extraordinarias y asignación de turno, sin que aún haya enterado dichas cantidades
Texto íntegro
N° 5.580 Fecha : 27-I-2012 Se ha dirigido a esta Contraloría General el Director del Servicio de Salud del Reloncaví, mediante el oficio N° 118, de 2011, para informar que el funcionario de dicha repartición, don nombre reservado fue requerido de pago para el reintegro de las sumas de $ 12.082.684 y $ 2.175.091, que percibió indebidamente por concepto de horas extraordinarias y asignación de turno, respectivamente, a las que no tenía derecho, sin que aún haya enterado dichas cantidades.
Al respecto, cabe hacer presente que no consta que el señor nombre reservado haya requerido a este Organismo de Control la aplicación de las facultades previstas en el artículo 67 de la ley N° 10.336, para la condonación o el otorgamiento de facilidades de pago para el cumplimiento de las citadas obligaciones.
De acuerdo a lo anterior, procede que el Servicio de Salud del Reloncaví adopte las medidas pertinentes para el cobro de esas sumas y obtenga la restitución de lo adeudado por las vías que correspondan, de lo cual deberá informar oportunamente a esta Entidad Fiscalizadora, la que registrará dichas obligaciones como cargos pecuniarios en contra del afectado.
nombre reservado
Contralor General de la República