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Derecho público chileno

DictamenN° 54.872 de 201626 jul 2016

Sobre exoneración de responsabilidad civil

Fecha
26 de julio de 2016
Materia
Organización administrativa del Estado y competencia de la CGR
Criterio
Aplica Jurisprudencia
Fuentes legales
ley 10336 art/62
Descriptores
facultades cgr, exoneraciones de responsabilidad civil
Cita
Dictamen N° 54.872 de 2016

Texto íntegro

N° 54.872 Fecha: 26-VII-2016 La Policía de Investigaciones de Chile ha remitido los antecedentes del sumario administrativo instruido con motivo de la destrucción de una pistola; dos cargadores y una funda, que estaban bajo la custodia de su funcionaria, señora nombre reservado, a objeto que, conforme con lo dispuesto en el artículo 62 de la ley N° 10.336, sea exonerada de responsabilidad civil.

Al respecto, cabe anotar que del examen de la documentación adjunta, aparece que el día 5 de abril de 2015, mientras esa empleada se desplazaba por el estacionamiento de un supermercado, en la comuna de La Serena, sintió un fuerte ruido, percatándose en ese momento que el arma que portaba se había caído de la funda que llevaba en su cinturón, resultando dañada tras ser aplastada por una camioneta que realizaba una maniobra de retroceso en ese lugar.

Los perjuicios provocados al patrimonio fiscal, de acuerdo con el oficio N° 478, de 2015, de la Sección Armamento y Munición, ascenderían a la suma total de $416.845, determinando la Jefatura de la IV Región Policial de Coquimbo, mediante su resolución exenta N° 21, de 2016, dar de baja esas especies.

Ahora bien, el artículo 62 de la citada ley N° 10.336, permite que el Contralor General exonere a un funcionario de la responsabilidad civil derivada de la pérdida, merma, hurto o deterioro de un bien que administre o custodie, en la medida que el detrimento o extravío no se deba a su culpa o negligencia, según lo señalado en los dictámenes N os 17.354, de 1985 y 28.164, de 1993, de este origen, entre otros.

De esta manera, en atención a que en los antecedentes tenidos a la vista, aparece que se dan los presupuestos anotados previamente, pues la señora nombre reservado portaba la pistola de conformidad con lo establecido en la Orden General N° 918, de 1988, de la Dirección General, Reglamento de Armamento y Munición y Cartilla de Seguridad, se ha estimado procedente exonerarla de responsabilidad civil por la destrucción de las aludidas especies.

Saluda atentamente a Ud.

nombre reservado

Contralor General de la República