Sobre exoneración de responsabilidad civil
- Fecha
- 26 de julio de 2016
- Criterio
- Aplica Jurisprudencia
- Fuentes legales
- ley 10336 art/62
- Descriptores
- facultades cgr, exoneraciones de responsabilidad civil
- Cita
- Dictamen N° 54.865 de 2016
Texto íntegro
N° 54.865 Fecha: 26-VII-2016 Carabineros de Chile ha remitido los antecedentes de las primeras diligencias instruidas con motivo de los daños ocasionados en el automóvil fiscal RP-3484, conducido por su funcionario, señor nombre reservado, a objeto que, conforme con lo dispuesto en el artículo 62 de la ley N° 10.336, sea exonerado de responsabilidad civil.
Al respecto, cabe anotar que en la documentación examinada, aparece que el día 7 de septiembre de 2015, ese servidor, acompañado de otro empleado, se desplazaba en el referido móvil por la Ruta Acceso Sur, y luego de salir de un paso bajo nivel, en la comuna de Buin, debido a que esa vía tenía una acumulación de aguas lluvia, repentinamente se detuvo la marcha del vehículo.
Los perjuicios producidos al patrimonio fiscal, según el certificado N° 553, de 2015, de la Sección de Reparación y Mantención, ascendieron a la suma de $6.940.776, siendo dicha especie reparada y dada de alta para el servicio.
Ahora bien, el artículo 62 de la indicada ley N° 10.336, permite que el Contralor General exonere a un funcionario de la responsabilidad civil derivada de la pérdida, merma, hurto o deterioro de un bien que administre o custodie, en la medida que el detrimento o extravío no se deba a su culpa o negligencia, tal como se ha señalado en los dictámenes N os 17.354, de 1985 y 28.164, de 1993, de este origen, entre otros.
De esta manera, atendido que en los antecedentes tenidos a la vista, consta que se dan los presupuestos anotados previamente, se ha estimado procedente exonerar de responsabilidad civil al señor nombre reservado, por los daños ocasionados en el automóvil fiscal RP-3484.
Saluda atentamente a Ud.
nombre reservado
Contralor General de la República