Corresponde a la autoridad fijar, respecto de cada contrata, el grado al cual se asimilará el empleo respectivo
- Fecha
- 31 de agosto de 2011
- Criterio
- Aplica Jurisprudencia
- Fuentes legales
- Ley 18834 art/87 lt/d
- Descriptores
- funcionario contrata asimilación grado, facultad administración designación
- Cita
- Dictamen N° 54.855 de 2011
Relaciones
Pronunciamientos posteriores sobre este
- Aplica Dictamen N° 56.359 de 2014
- Aplica Dictamen N° 13.769 de 2014
- Aplica Dictamen N° 6.064 de 2012
- Aplica Dictamen N° 1.193 de 2012
Este documento se refiere a
- Aplica Dictamen N° 26.017 de 2010
- Aplica Dictamen N° 16.527 de 2010
- Aplica Dictamen N° 26.295 de 2009
- Aplica Dictamen N° 14.177 de 2009
Tal como las publica la fuente.
Texto íntegro
N° 54.855 Fecha: 31-VIII-2011 Se ha dirigido a esta Contraloría General don nombre reservado, ex funcionario de la Subsecretaría de Salud Pública, para solicitar que se precise si correspondió que la autoridad no haya acogido su petición de ser contratado en un grado superior a aquel que poseía al momento de cesar en ese organismo.
Requerido de informe, el Subsecretario del ramo señaló, en síntesis, que en su última designación a contrata el ex funcionario obtuvo un mejoramiento de grado, toda vez que fue designado como profesional, asimilado al grado 8 de la E.U.S., superior al nivel remuneratorio que tenía su anterior contratación, sin perjuicio de conservar, según expone, su cargo titular como técnico, grado 14 de la misma escala, de conformidad con el artículo 87, letra d), de la ley N° 18.834, sobre Estatuto Administrativo, motivo por el cual fue rechazada su solicitud.
Como cuestión previa, cabe advertir que según los registros de esta Entidad de Control, mediante resolución N° 973, de 2008, de la Subsecretaría de Salud Pública, se dispuso la contrata del interesado como profesional, grado 8 de la E.U.S., haciéndose presente en ese mismo instrumento que el funcionario cesaba en el contrato de profesional grado 10, que servía en esa Subsecretaría. Asimismo, consta de la resolución N° 1.964, de 2009, de dicho origen, su renuncia a esa institución, documento que fue tomado razón con fecha 22 de febrero de 2010.
Sobre el particular, es menester puntualizar que, según lo precisado en los dictámenes N os 14.177, 26.295, ambos de 2009, y 26.017, de 2010, de este origen, los empleos a contrata carecen de un grado específico en la planta, de modo tal que corresponde a la autoridad competente, al disponer la contratación, determinar, según la importancia de las funciones, el grado de asimilación en el escalafón correspondiente.
En este mismo sentido, el dictamen N° 16.527, de 2010, entre otros, de este Ente Fiscalizador, precisa que compete a las autoridades administrativas determinar los niveles o grados remuneratorios en que dispongan las contrataciones de personal en sus dependencias, según las necesidades del propio Servicio, sin que proceda que esta Contraloría General les imparta instrucciones en ese aspecto o les ordene una designación en un grado preciso.
En consecuencia, por las consideraciones expuestas, debe concluirse que la actuación de la Subsecretaría de Salud Pública en relación con el asunto por el que se consulta, se ha ajustado a la normativa y jurisprudencia vigente que regula la materia, debiendo, por tanto, desestimarse la petición del interesado.
nombre reservado
Contralor General de la República