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Derecho público chileno

DictamenN° 54.526 de 201130 ago 2011

Representa resolución N° 96 de 2011 de la Dirección de Obras Hidráulicas, que entre otros aspectos, aprueba liquidación final de contrato que indica, porque se omitió…

Fecha
30 de agosto de 2011
Materia
Contratación pública, licitaciones y compras
Criterio
Aplica Jurisprudencia
Fuentes legales
dto 75/2004 moopp art/169
Descriptores
liquidación contrato, Embalse Tutuvén
Cita
Dictamen N° 54.526 de 2011

Sumario

Representa resolución N° 96 de 2011 de la Dirección de Obras Hidráulicas, que entre otros aspectos, aprueba liquidación final de contrato que indica, porque se omitió acompañar el acta de liquidación que se transcribe

Relaciones

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Texto íntegro

N°54.526 Fecha:30-VIII-2011 Esta Contraloría General ha debido abstenerse de tomar razón de la resolución N° 96, de 2011, de la Dirección de Obras Hidráulicas que, entre otras medidas, aprueba la liquidación final del contrato denominado "Reparación Sistema Embalse Tutuvén, VII Región", por cuanto se omitió acompañar el acta de liquidación que se transcribe.

Asimismo, no se adjuntan los controles de calidad relativos a las partidas Hormigón H-25: Hormigón H-25 Bombeado y Shotcerte (Hormigón Proyectado), a que se alude en la evaluación estadística sobre multas técnicas. Además, no se acompaña el reporte de garantías vigentes.

Por su parte, la disminución del valor proforma "Empalme Eléctrico a Red" debió efectuarse por la suma de $ 12.000.000 -monto consignado en el anexo N° 6 de la resolución exenta N° 5.355, de 2008, de ese Servicio- y no por aquél contemplado en el anexo N° 5 de la resolución N° 3.368, de 2009, que dispuso la referida disminución.

Finalmente, cumple con señalar que, en lo sucesivo, esa repartición deberá dictar el acto administrativo que disponga la devolución de las retenciones una vez efectuada la recepción provisional de las obras y supeditar la restitución de dichas cauciones a la tramitación de aquél, en conformidad con lo preceptuado en el artículo 169 del decreto N° 75, de 2004, del Ministerio de Obras Públicas, Reglamento para Contratos de Obras Públicas, y no como ocurrió en esta oportunidad en que la adopción de esa medida se dispone en el resuelvo 3 ° del acto en examen (aplica dictámenes N°S 62.793 y 69.417, ambos de 2010.

Por orden del Contralor General de la República Jefe Subdivisión Jurídica División de Infraestructura y Regulación